N.º 89, miércoles 13 de mayo de 2020
- Otros formatos:
- PDF (215 KB - 1 Pág.)
- EPUB (190 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
1967
EDICTO dimanante de la cuestión de inconstitucionalidad n.º 1772-2020.
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1772-2020, en relación con el artículo 3.4 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, del Parlamento Vasco, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, por posible vulneración del artículo 149.1.6 C.E.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 6 de mayo de 2020, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1772-2020 planteada por la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el procedimiento ordinario 821-2016, en relación con el artículo 3.4 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, del Parlamento Vasco, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, por posible vulneración del artículo 149.1.6 C.E., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento 821-2016, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, a 6 de mayo de 2020.
La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional,
HERMINIA PALENCIA GUERRA.