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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 75, martes 21 de abril de 2020


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DISPOSICIÓN DEROGADA

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
1877

ORDEN de 7 de abril de 2020, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se designa a Euskadiko Udalen Elkartea-Asociación de Municipios Vascos asociación de municipios de mayor implantación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

La Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi, en su disposición adicional tercera, prevé que las entidades locales podrán asociarse en federaciones o asociaciones para la protección y promoción de sus intereses comunes. La citada disposición adicional señala tras la celebración de cada proceso electoral municipal deberá determinarse la asociación de municipios de mayor implantación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

De tal manera, celebradas las elecciones locales los días 26 de mayo y 17 de noviembre de 2019 (elecciones convocadas mediante Real Decreto 209/2019, de 1 de abril y Real Decreto 538/2019, de 20 de septiembre) y una vez constituidos todos los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi, Euskadiko Udalen Elkartea-Asociación de Municipios Vascos ha solicitado al Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, Departamento que tiene atribuida la competencia en materia de régimen local, según lo dispuesto en el artículo 6.1.k) del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, su reconocimiento como asociación de municipios de mayor implantación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

A este respecto, Euskadiko Udalen Elkartea-Asociación de Municipios Vascos, constituida el día 8 de mayo de 1982 con el objetivo de defender la autonomía municipal y representar los intereses locales ante otras Instituciones. Según sus Estatutos tiene entre sus fines el fomento de la autonomía local; la defensa y representación conjunta de los intereses generales de los municipios asociados ante las distintas instituciones públicas, los agentes sociales y la propia sociedad vasca; la promoción de la colaboración interinstitucional dentro del ámbito propio de actuación de la Asociación; y el impulso y desarrollo del espíritu europeo entre los municipios vascos y de colaboración internacional, mediante la promoción y mejor desarrollo de su participación y representación en los organismos europeos e internacionales.

Euskadiko Udalen Elkartea-Asociación de Municipios Vascos se compone de socios titulares y socios correspondientes. Siendo socios titulares los municipios adheridos y socios correspondientes las mancomunidades, agrupaciones, entidades locales menores y demás entidades locales que se adhieran a la Asociación.

De tal manera, según de los datos aportados en su solicitud por la Asociación, de los 251 que conforman la Comunidad Autónoma, forman parte de ella 237 municipios como socios titulares. Este número de municipios representa un 94,42% de los municipios de la Comunidad, lo que se corresponde con un porcentaje del 99,73 del conjunto de la población de esta, según las cifras oficiales de población resultante de la revisión del Padrón municipal a 1 de enero de 2019.

Por todo ello, considerando la trayectoria de Euskadiko Udalen Elkartea-Asociación de Municipios Vascos como referente del municipalismo vasco, el número de municipios que la componen y la población que estos representan en el conjunto de la Comunidad Autónoma de Euskadi; y, en virtud de la disposición tercera de la Ley de Instituciones Locales de Euskadi, antes citada, y de las competencias atribuidas por el artículo 3 del Decreto 71/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

RESUELVO:

Artículo único.– Designar a Euskadiko Udalen Elkartea-Asociación de Municipios Vascos asociación de municipios de mayor implantación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Queda derogada la Orden de 26 de mayo de 2016, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se designa a Euskadiko Udalen Elkartea-Asociación de Municipios Vascos asociación de municipios de mayor implantación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.– Efectos.

La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su notificación.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.– Recursos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Orden pone fin a la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter previo y potestativo podrá interponerse también recurso de reposición ante el Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación o, en su caso, notificación. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de abril de 2020.

El Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.


Análisis documental