N.º 71, miércoles 15 de abril de 2020
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
1851
DECRETO 52/2020, de 7 de abril, por el que se declara de interés social a RAEP, S.L.
El artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, establece que podrán ser declaradas de interés social las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la prestación de servicios sociales, que cumplan las condiciones que se determinen reglamentariamente, en reconocimiento de su trayectoria y contribución del Tercer Sector de Acción Social al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma.
El Decreto 424/2013, de 7 de octubre, sobre la declaración de interés social de las entidades sin ánimo de lucro de servicios sociales, regula los requisitos y el procedimiento aplicables para la obtención de la declaración de interés social.
A su amparo, RAEP, S.L., ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla de acción social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de interés social.
Tal y como informa la Dirección de Servicios Sociales, RAEP, S.L. es una entidad que surge en 1992. Tiene como objeto social primordial conseguir la plena integración laboral y social de las personas con discapacidad por enfermedad mental de Álava, conduciendo sus fines a crear oportunidades de empleo de calidad y sostenibles, social, económica y ambientalmente, como medio para lograr su inclusión laboral y social.
Para la consecución de los fines que constituyen su objeto social, se llevan a cabo distintas acciones como promover programas de formación laboral y social del personal profesional y de los trabajadores con discapacidad, por enfermedad mental y la promoción de personas con discapacidad desde un sistema de empleo protegido al mercado ordinario de trabajo.
En sus Estatutos se recoge la ausencia de ánimo de lucro. Se encuentra inscrita en el Registro de Centros Especiales de Empleo.
Cuenta con una trayectoria histórica de prestación de servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya que ha acreditado el desarrollo de su actividad en esta Comunidad ininterrumpidamente desde al menos 2014. El ámbito territorial en el que desarrolla principalmente sus funciones comprende el Territorio Histórico de Araba.
De conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 424/2013, de 7 de octubre, la declaración de interés social se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera del Departamento competente en materia de servicios sociales que ha instruido el oportuno expediente.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 7 de abril de 2020,
DISPONGO:
Artículo 1.– Declarar de interés social a RAEP, S.L. por considerar que contribuye al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco mediante el desarrollo de sus actividades de acción social.
Artículo 2.– Reconocer a RAEP, S.L. los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 7 de abril de 2020.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
La Consejera de Empleo y Políticas Sociales,
BEATRIZ ARTOLAZABAL ALBENIZ.