N.º 64, miércoles 1 de abril de 2020
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
1760
ORDEN de 27 de febrero de 2020, de la Consejera de Educación, por la que se modifica la autorización del centro Privado de Educación Secundaria «Apostólico San José (Araba/Álava)».
Examinado el expediente iniciado por el representante del centro docente privado «Apostólico San José.», en solicitud de modificación de la autorización del centro para impartir un nuevo ciclo formativo de Formación Profesional.
Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.
Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9 de abril), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 2049/1995, de 22 de diciembre (BOE del 14 de febrero) por el que se establece el título de Técnico en Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural y el Real Decreto 1691/2007, de 14 de diciembre (BOE del 17 de enero) por el que se establece el título de Técnico en Sistemas microinformáticos y redes y el Decreto 67/2010, de 2 de marzo (BOPV del 8 de abril) por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico en Sistemas microinformáticos y redes y se fijan sus enseñanzas mínimas y demás disposiciones vigentes aplicables en la materia,
RESUELVO:
Artículo 1.– Se modifica la autorización del centro docente que se describe a continuación para el curso 2020-2021.
N.º de código: 01000470.
Denominación genérica: Centro Privado de Educación Secundaria.
Denominación específica: «Apostólico San José».
Titular: Hermanos de la instrucción cristiana (Menesianos).
Domicilio: Langraiz, 2.
Municipio: Iruña de Oca.
Territorio Histórico: Araba/Álava.
Autorización:
– Impartición del Ciclo Formativo de Grado Medio «Conducción de actividades físicas deportivas en el medio natural».
– Impartición del Ciclo Formativo de Grado Medio «Sistemas microinfórmaticos y redes».
Composición resultante para las enseñanzas de Formación Profesional:
● Familia Actividades físicas y deportivas:
○ Ciclo Formativo de Grado Medio Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural. Capacidad: 1 ciclo.
● Familia Fabricación mecánica:
○ Ciclo Formativo de Formación Profesional Básica Fabricación de elementos mecánicos. Capacidad: 1 ciclo.
● Familia Informática y comunicaciones:
○ Ciclo Formativo de Grado Medio Sistemas microinformáticos y redes. Capacidad: 1 ciclo.
Artículo 2.– El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto al número de puestos escolares, al equipamiento, así como a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado que se requieren para la impartición de los ciclos formativos autorizados por la presente Orden. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada.
Artículo 3.– El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 27 de febrero de 2020.
La Consejera de Educación,
CRISTINA URIARTE TOLEDO.