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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 21, viernes 31 de enero de 2020


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y VIVIENDA
494

RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2019, del Viceconsejero de Vivienda, por la que se corrige error detectado en la Resolución de 10 de diciembre de 2019.

Resultando que por Orden de 12 de junio de 2019, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, se convoca y regula, para el año 2019, el Programa de ayudas en materia de rehabilitación eficiente de viviendas y edificios (Programa Renove) para la elaboración de proyectos de intervención en el patrimonio edificado de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y la ejecución de las obras derivadas de los mismos. La citada Orden se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 116, de 20 de junio de 2019.

Resultando que por Resolución de 10 de diciembre de 2019, del Viceconsejero de Vivienda, se resuelve la convocatoria, para el año 2019, del Programa de ayudas en materia de rehabilitación eficiente de viviendas y edificios (Programa Renove) para la elaboración de proyectos de intervención en el patrimonio edificado de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y la ejecución de las obras derivadas de los mismos.

Resultando que se ha detectado un error en la Resolución de 10 de diciembre de 2019, puesto que no se ha recogido la propuesta del Tribunal de Valoración en relación con la solicitud formulada por la Comunidad de propietarios de Resurrección María de Azkue 5 de Bilbao.

Considerando que el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Considerando que se han detectado errores de dicha índole en la Resolución de 10 de diciembre de 2019 del Viceconsejero de Vivienda por la que se resuelve la convocatoria, para el año 2019, del Programa de ayudas en materia de rehabilitación eficiente de viviendas y edificios (Programa Renove) para la elaboración de proyectos de intervención en el patrimonio edificado de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y la ejecución de las obras derivadas de los mismos.

Considerando que corresponde a este órgano la competencia para la emisión de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 77/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda.

Vistas la Orden de 12 de junio de 2019, del Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, se convoca y regula, para el año 2019, el Programa de ayudas en materia de rehabilitación eficiente de viviendas y edificios (Programa Renove) para la elaboración de proyectos de intervención en el patrimonio edificado de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y la ejecución de las obras derivadas de los mismos; el Decreto 77/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normativa de aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Subsanar el error detectado en el Anexo II «Relación de solicitudes de subvención que son denegadas» de la Resolución de 10 de diciembre de 2019, del Viceconsejero de Vivienda por la que se resuelve la convocatoria, para el año 2019, del Programa de ayudas en materia de rehabilitación eficiente de viviendas y edificios (Programa Renove) para la elaboración de proyectos de intervención en el patrimonio edificado de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y la ejecución de las obras derivadas de los mismos, y a tales efectos, incluir en el Anexo II «Relación de solicitudes de subvención que son denegadas» la siguiente solicitud:

Anexo II: relación de solicitudes de subvención que son denegadas.

(Véase el .PDF)

Segundo.– Notificar a las personas interesadas la presente Resolución.

Tercero.– Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Cuarto.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de diciembre de 2019.

El Viceconsejero de Vivienda,

PEDRO JAVIER JAUREGUI FERNÁNDEZ.


Análisis documental