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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 243, lunes 23 de diciembre de 2019


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DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
5864

ANUNCIO relativo a la ejecución del Disponendo Tercero del Auto de 20 de diciembre de 2019 en el procedimiento de medidas cautelares 104/2019 dictado por la Sección Tercera del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en relación al Decreto 200/2019 de 17 de diciembre de condiciones de prestación del servicio de arrendamiento de vehículos con conductor o conductora y con autorización nacional (VTC-N) en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

En ejecución del Disponendo Tercero del Auto con fecha 20 de diciembre de 2019 en el procedimiento de medidas cautelares 104/2019 dictado por la Sección Tercera del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) siendo el acto impugnado el Decreto 200/2019, de 17 de diciembre, del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras del Gobierno Vasco de condiciones de prestación del servicio de arrendamiento de vehículos con conductor o conductora y con autorización nacional (VTC-N) en la Comunidad Autónoma de Euskadi, se publica la parte dispositiva del referido auto en el Boletín Oficial del País Vasco.

La Sala, DISPONE:

1.– Apreciar la especial urgencia.

2.– Conceder la medida cautelar solicitada por UBER, consistente en la suspensión cautelar de la vigencia de los puntos 2 y 3 del artículo 2 del Decreto 200/2019, de diecisiete de diciembre, de condiciones de prestación del servicio de arrendamiento de vehículos con conductor o conductora y con autorización nacional (VTC-N) en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

3.– Instar al Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras del Gobierno Vasco a la publicación (a la mayor brevedad posible) de la parte dispositiva del presente auto en el Boletín Oficial del País Vasco.

4.– Dar traslado a la Administración demandada para que, en el plazo de tres días hábiles, alegue lo que estime procedente sobre el levantamiento, mantenimiento o modificación de la medida.

Contra el presente auto no cabe recurso alguno (artículo 135 LJCA).

Así por este auto, lo acuerdan, mandan y firman los Ilmos. Sres. Magistrados componentes de este Tribunal, de lo que el Letrado de la Administración de Justicia da fe.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de diciembre de 2019.

La Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.


Análisis documental