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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 223, viernes 22 de noviembre de 2019


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OTRAS DISPOSICIONES

SPRI - AGENCIA VASCA DE DESARROLLO EMPRESARIAL
5434

RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2019, del Director General de SPRI – Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, por la que se modifican las bases reguladoras de los Programas «Ciberseguridad Industrial 2019», «Basque Industry 4.0. 2019» e «Industria Digitala 2019».

Con fecha 13 de noviembre de 2019, el Director General de SPRI – Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, dictó resolución relativa a la publicación de la modificación de los Programas de Ayudas «Ciberseguridad Industrial 2019», «Basque Industry 4.0. 2019» e «Industria Digitala 2019», con el siguiente contenido:

SPRI – Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, ente público de derecho privado adscrito al Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras del Gobierno Vasco, tiene encomendadas actuaciones dirigidas a impulsar la promoción industrial, la competitividad, la cooperación entre empresas, la investigación y el desarrollo en las empresas, etc, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV).

A este respecto, SPRI viene desarrollando diversas acciones encaminadas a cumplir con los objetivos recogidos en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2020 (PCTI 2020), así como en la Agenda Digital de Euskadi 2020 y la Agenda Digital para Europa 2020. Entre estas actuaciones cabe citar los diversos programas de ayudas a través de los cuales se intenta impulsar la mejora en la competitividad de las empresas vascas, así como la incorporación a las mismas de las Tecnologías de la Electrónica, la Información y las Comunicaciones (TEICs).

Como consecuencia de lo anterior, se diseñaron los Programas de Ayudas «Ciberseguridad Industrial 2019», «Basque Industry 4.0. 2019» e «Industria Digitala 2019» publicados el pasado 7 de junio de 2019 (BOPV n.º 107), 24 de junio de 2019 (BOPV n.º 118) y 15 de mayo de 2019 (BOPV n.º 90) respectivamente.

En el citado contexto, se ha percibido en el presente ejercicio un aumento importante del número de proyectos presentados a algunos de estos programas. Por el contrario, sin haber una disminución significativa en número, ha disminuido el importe medio de los proyectos presentados a otros Programas. De esta forma, y con objeto de lograr una correcta distribución de los recursos asignados, y con el objetivo de maximizar el número de proyectos apoyados, procede modificar los recursos asignados a cada Programa y recogidos en las bases reguladoras de dichos Programas de Ayudas.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la modificación del apartado 1 del artículo 5 de la normativa correspondiente al Programa de Ayudas «Ciberseguridad Industrial 2019», que quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 5.– Recursos económicos.

1.– Los recursos económicos destinados al objeto de este Programa para la concesión de ayudas en 2019, ascienden a la cantidad de 2.000.000 euros, y provendrán de las correspondientes dotaciones presupuestarias establecidas al efecto en los presupuestos de SPRI – Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, incluidos en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.»

Segundo.– Aprobar la modificación del apartado 1 del artículo 5 de la normativa correspondiente al Programa de Ayudas «Basque Industry 4.0. 2019», que quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 5.– Recursos económicos.

1.– Los recursos económicos destinados al objeto de este Programa para la concesión de ayudas, ascienden a la cantidad de 2.000.000 euros, y provendrán de las correspondientes dotaciones presupuestarias establecidas al efecto en los presupuestos de SPRI – Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, incluidos en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.»

Tercero.– Aprobar la modificación del apartado 1 del artículo 5 de la normativa correspondiente al Programa de Ayudas «Industria Digitala 2019», que quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 5.– Recursos económicos.

1.– Los recursos económicos destinados al objeto de este Programa para la concesión de ayudas en 2019, ascienden a la cantidad de 4.000.000 euros, y provendrán de las correspondientes dotaciones presupuestarias establecidas al efecto en los presupuestos de SPRI – Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, incluidos en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.»

Cuarto.– Proceder a la publicación íntegra en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Resolución de modificación de las bases reguladoras correspondientes a los Programas de Ayudas «Ciberseguridad Industrial 2019», «Basque Industry 4.0. 2019» e «Industria Digitala 2019».

Quinto.– Contra la presente Resolución, podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Dirección General de SPRI – Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación en el BOPV, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el BOPV.

En Bilbao, a 13 de noviembre de 2019.

El Director General,

ALEXANDER ARRIOLA LIZARRITURRI.


Análisis documental