N.º 181, martes 24 de septiembre de 2019
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE SALUD
4323
RESOLUCIÓN de 21 de agosto de 2019, del Director de Farmacia, por la que se concede autorización de creación de oficina de farmacia en el municipio de Leioa (Bizkaia).
Vista la solicitud presentada por Dña. Eva Ramos Saiz, de autorización de creación de oficina de farmacia en el municipio de Leioa (Bizkaia), y sobre la base de los siguientes:
HECHOS
Primero.– Mediante Orden de 22 de mayo de 2018, del Consejero de Salud, se anunció el inicio del procedimiento para la creación de una nueva oficina de farmacia en la Zona Farmacéutica Leioa.
Segundo.– Nombrados los miembros de la Comisión de Valoración de Méritos para el acceso a la titularidad de la reseñada oficina de farmacia y, previos los oportunos trámites legales, esta adoptó el Acuerdo de 13 de febrero de 2019 por el que se aprobó la lista definitiva de concursantes admitidos y su clasificación por orden de puntuación que fue publicada en el BOPV n.º 39 de 25 de febrero de 2019.
Tercero.– El citado Acuerdo devino firme con fecha 25 de marzo de 2019.
Cuarto.– Con fecha de 26 de marzo de 2019, se remitió oficio del Director de Farmacia a Dña. Eva Ramos Saiz donde se señalaba que, siendo la concursante que mayor puntuación había obtenido en la valoración de los méritos alegados, debía proceder de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.º del Decreto 338/1995, de 27 de junio, por el que se regulan los procedimientos de creación, traslado, cierre y funcionamiento de las oficinas de farmacia, con advertencia de que, transcurrido el plazo establecido en el citado precepto sin que aporte la documentación requerida, se entendería que renuncia a seguir participando en la convocatoria.
Quinto.– Con fecha, 17 de julio de 2019, Dña. Eva Ramos Saiz presentó solicitud de autorización de creación de oficina de farmacia en el municipio de Leioa, al amparo del Decreto 338/1995, adjuntando la documentación prevista en el artículo 5 del mencionado Decreto.
De la documentación aportada, cabe apreciar que el emplazamiento del local donde se pretende la instalación de la nueva oficina de farmacia es en el n.º 20 de la Avda. Sabino Arana, zona de salud 2.4.07 de la zona farmacéutica Leioa.
Sexto.– De conformidad con el artículo 8 de la Ley 39/20152, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el día 26 de julio de 2019, por oficio del Director de Farmacia, se da traslado a los posibles interesados en el expediente para que se personen en el mismo y formulen las alegaciones que estimen convenientes.
Séptimo.– Finalmente, la Responsable de Ordenación Farmacéutica con fecha 20 de agosto de 2019, emite informe favorable sobre la documentación aportada al efecto por Dña. Eva Ramos Saiz.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.– De acuerdo con lo señalado en el artículo 34 de la Ley 11/1994, de 17 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en relación con el artículo 15 del Decreto 80/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud, compete la resolución del presente expediente al Director de Farmacia.
Segundo.– Siendo, Dña. Eva Ramos Saiz, la concursante que mayor puntuación obtuvo en la valoración de los méritos alegados, cumplidas las previsiones contenidas en el artículo 34 de la Ley 11/1994 y desarrolladas en el Decreto 338/1995, en relación con el procedimiento establecido para la creación de oficinas de farmacia y comprobada la adecuación de la documentación aportada y el plazo de su entrega a lo dispuesto en el artículo 5.º del citado Decreto, procede conceder la autorización de creación de la oficina de farmacia a la interesada.
Ahora bien, conforme a la previsión establecida en el artículo 6.º, apartado 4, del Decreto 338/1995, la autorización concedida quedará condicionada a la obtención de la autorización de funcionamiento.
Por todo ello,
RESUELVO:
Primero.– Conceder la autorización de creación de oficina de farmacia a ubicar en la Avda. Sabino Arana, 20 del municipio de Leioa (Bizkaia) a Dña. Eva Ramos Saiz, de acuerdo con la documentación por ella presentada.
Segundo.– Esta autorización queda condicionada a la obtención por parte de Dña. Eva Ramos Saiz de la correspondiente autorización de funcionamiento, que deberá solicitarse en el plazo de cuatro meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOPV, y de conformidad con lo previsto en el artículo 7 del Decreto 338/1995.
Tercero.– Notifíquese a los interesados la presente Resolución, con indicación de que no agota la vía administrativa y que contra ella podrán interponer recurso de alzada ante esta Dirección o ante la Viceconsejera de Administración y Financiación Sanitarias, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, así como cualquier otro que estimen oportuno.
En Vitoria-Gasteiz, a 21 de agosto de 2019.
El Director de Farmacia,
JON IÑAKI BETOLAZA SAN MIGUEL.