N.º 181, martes 24 de septiembre de 2019
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
4320
RESOLUCIÓN de 11 de septiembre de 2019, de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad, por la que se hace pública la convocatoria, para el ejercicio 2019, del programa de ayudas Emaitek Plus.
La Orden de 16 de septiembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, (BOPV 191, de 7 de octubre de 2015), modificada por la Orden de 28 de julio de 2017 de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras (BOPV 168, de 4 de septiembre de 2017), y por la Orden de 18 de julio de 2019 (BOPV 145, de 1 de agosto de 2019) regula el programa de ayudas Emaitek Plus.
De conformidad a lo establecido en el artículo 11 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria pública anual de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2019, dictando a tal objeto las normas necesarias.
Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 11 de la Orden de referencia
RESUELVO:
Artículo 1.– Objeto.
Es objeto de la presente Resolución la convocatoria, para el ejercicio 2019, de las ayudas previstas en la Orden de 16 de septiembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, modificada por las Ordenes de 28 de julio de 2017 y de 18 de julio de 2019, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se regula el programa de ayudas EMAITEK Plus, de apoyo a la actividad no económica de los Centros Tecnológicos Multifocalizados y a los Centros de Investigación Cooperativa CICs, de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, asignándoles financiación a través de la evaluación y el análisis de los resultados de su actividad a nivel global.
Artículo 2.– Recursos Económicos.
1.– Existiendo dotación presupuestaria suficiente según los créditos autorizados por la Ley 5/2017, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio de 2018, prorrogados para el ejercicio 2019, y en función de lo establecido sobre el régimen de prórroga presupuestaria en el Título IX del Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi, la presente convocatoria de ayudas cuenta con suficiente cobertura presupuestaria, así los recursos económicos destinados a la finalidad del artículo 1 ascienden a la cantidad de 61.260.000,00 euros.
2.– De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la orden reguladora, la dotación presupuestaria total de la convocatoria anual se dividirá en dos importes separados:
– Para los Centros Tecnológicos Multifocalizados, 45.945.000,00 euros, que a su vez se subdivide como a continuación se especifica:
Grado de adecuación al Modelo de Centro Orientado a Resultados, 44.567.000,00 euros.
Planes de Actuación de los Centros para alcanzar los objetivos del Cuadro de Mando de indicadores fijados para 2020, 1.378.000,00 euros.
– Para los Centros de Investigación Cooperativa, CICs, 15.315.000,00 euros, que a su vez se subdivide como a continuación se especifica:
Grado de adecuación al Modelo de Centro Orientado a Resultados, 14.856.000,00 euros.
Planes de Actuación de los Centros para alcanzar los objetivos del Cuadro de Mando de indicadores fijados para 2020, 459.000,00 euros.
Estos importes podrán ser modificados, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas y con carácter previo a la resolución de las mismas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras. En tal caso se dará publicidad mediante la correspondiente resolución de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad.
Artículo 3.– Indicadores, pesos y objetivos del cuadro de Mando.
Para la presente convocatoria 2019 los indicadores y pesos del Cuadro de Mando serán los recogidos en el Anexo III del Decreto 109/2015, de 23 de junio, por el que se regula y actualiza la composición de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, para cada tipología de agente beneficiario, modificados por la Orden de 24 de marzo de 2017 de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras. Los objetivos de cumplimiento para el ejercicio 2019 se establecen en un 90% del cumplimiento de la meta marcada para 2020 para cada tipología de agente beneficiario.
Artículo 4.– Solicitudes y plazos.
1.– La solicitud deberá realizarse por medios electrónicos, según lo dispuesto en la orden reguladora del programa Emaitek Plus.
2.– La documentación a presentar por las entidades beneficiarias será la detallada en el artículo 12.3. de la orden que regula el programa de ayudas Emaitek Plus. En el caso de los apartados k y l abarcará el ámbito temporal del ejercicio 2019. La evaluación de la adecuación al modelo de centro orientado a resultados se realizará respecto al ejercicio 2018.
3.– El acceso a la solicitud y su cumplimentación se realizará exclusivamente través de la sede electrónica que se señala a continuación:
http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-teletram/es/ (castellano).
http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-teletram/eu/ (euskera).
4.– El plazo de presentación de solicitudes, se iniciará a las 09:00 horas del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País vasco y finalizará a las 12:00 horas del día siguiente al cumplimiento del mes de su publicación.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 11 de septiembre de 2019.
La Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad,
ESTÍBALIZ HERNÁEZ LAVIÑA.