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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 175, lunes 16 de septiembre de 2019


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ÁLAVA
4216

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 564/2019 seguido en apelación mercantil.

Audiencia Provincial de Álava-Sección Primera – Unidad Procesal de Apoyo Directo.

Recurso: recurso apelación mercantil LEC 2000 564/2019.

Recurrente: Bodegas Jose Luis Guillermo Mendieta S.L.

Abogado: Jose Luis Garcia Alvarez.

Procurador: Alfredo Aja Garay.

Rebeldes procesales: Bodegas El Abuelo S.A. y Jose Maria Yecora Donamaria.

En el referido recurso se ha dictado con fecha 2 de septiembre de 2019 sentencia número 645/2019, en la que el fallo es el siguiente:

Estimando Parcialmente la demanda interpuesta por Bodegas José Luis Guillermo Mendieta S.L. representada por el Procurador Alfredo Aja Garay contra Bodegas El Abuelo S.A., y José María Yecora Donamaría,

Declaro la responsabilidad contractual por impago de Bodegas El Abuelo S.A. frente a Bodegas José Luis Guillermo Mendieta S.L. y en consecuencia,

Condeno a Bodegas El Abuelo S.A. a pagar a Bodegas José Luis Guillermo Mendieta S.L. la cantidad de 3.651,79 euros más intereses:

– respecto de la cantidad de 360 euros, los intereses de la Ley de Lucha contra la Morosidad en Operaciones Comerciales desde el 19-11-2016.

– respecto de la cantidad de 2.216,42 euros, los intereses de la Ley de Lucha contra la Morosidad en Operaciones Comerciales desde el 24-08-2008.

– respecto de la cantidad restante, el interés legal del dinero desde la interposición de la demanda el 10-04-2018.

En los tres casos, hasta el pleno pago y sin perjuicio del artículo 576 LEC en caso de ejecución forzosa.

Se condena en costas a Bodegas El Abuelo S.A.

Se desestima la demanda contra José María Yecora Donamaría.

Se condena en costas generadas a José María Yecora Donamaría a la demandante Bodegas José Luis Guillermo Menideta S.L.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LEC).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 0844 1111 03 0136 18, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

No están obligados a constituir el depósito para recurrir los declarados exentos en la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Bodegas El Abuelo S.A. y don Jose Maria Yecora Donamaria y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 6 de septiembre de 2019.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental