N.º 132, viernes 12 de julio de 2019
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
3408
DECRETO 105/2019, de 9 de julio, por el que se cesan y nombran miembros del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua/Basque Institute.
Mediante la Ley 3/2007, de 20 de abril, se creó y reguló el Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute, para la promoción, difusión y proyección, fuera de la Comunidad Autónoma Vasca, del euskera y de la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales, manifestaciones, soportes, medios y formas de expresión.
La Ley 3/2007, de 20 de abril, de Creación y Regulación del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua/Basque Institute y el Decreto 88/2008, de 13 de mayo, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua/Basque Institute, disponen, asimismo que estará integrado por dos órganos colegiados, el Patronato y el Consejo de Dirección, y un órgano unipersonal, la Directora o Director.
El Decreto 88/2008, de 13 de mayo, establece en su artículo 10 los vocales que componen el Patronato, haciendo una distinción entre vocales natos y no natos. El artículo 10.2.a) del mismo establece en la composición del Patronato como vocales no natos 15 miembros en representación de las letras, la filología y la cultura vascas, que serán nombrados por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a propuesta de la presidenta ejecutiva o del presidente ejecutivo. Los artículos 7.3 de la Ley 3/2007, de 20 de abril, y 10.4 del Decreto 88/2008, de 13 de mayo, prevén que los vocales nombrados del Parlamento Vasco, tienen la condición de vocales no natos del Patronato y que dichos vocales no natos son nombrados para un período de cuatro años renovables una sola vez consecutiva y que, una vez transcurrido el plazo referido, continuarán desempeñando sus funciones hasta que surta efecto el nombramiento de sus sucesoras o sucesores.
Asimismo, el artículo 10.5 del Decreto 88/2008, de 13 de mayo, establece que en los casos de vacante producida por la baja de una o un vocal no nato antes de concluir el periodo para el que fue nombrado, se comunicará a quien lo hubiera propuesto para que en el plazo máximo de un mes eleve nueva propuesta al Consejo de Gobierno que procederá a su nombramiento por el período que le quedase por cumplir.
El transcurso de dichos plazos en el caso de algunos vocales y las vacantes producidas en el caso de otros, en representación de las letras, la filología y la cultura vascas, exige la actualización de una parte de los vocales no natos del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua/Basque Institute.
En su virtud, y de conformidad con lo prescrito en la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, así como en los artículos 6, 7 y 8 de la Ley 3/2007, de 20 de abril, de creación y regulación del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua/Basque Institute, que regula la composición del Patronato y Consejo de Dirección de dicha institución, a propuesta del Consejero de Cultura y Política Lingüística, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 9 de julio de 2019,
DISPONGO:
Artículo 1.– Cesar como vocales no natos del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua/Basque Institute en representación de las Letras, la Filología y la Cultura Vascas a:
– D. Gidor Bilbao Telletxea.
– D. Xabier Paya Ruíz.
– D. Daniel Ángel Castillejo Alonso.
– Dña. Idoia Zabaleta Morán.
– Dña. María del Coro Navarro Echeverría.
– Dña. Karmele Jayo Eiguren.
Artículo 2.– Nombrar como vocales natos del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua/Basque Institute, en representación de las Letras, la Filología y la Cultura Vascas a:
– D. Jon Zarate Sesma.
– D. Óscar Castaño Baleirón.
– Dña. Beatriz Herraez Dieguez.
– Dña. Laura Etxebarria Lus.
– Dña. Myriam Miranda Berroeta.
– Dña. Leire Bilbao Barruetabeña.
Artículo 3.– Renovar como vocal no nato del Patronato del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua/Basque Institute, en representación de las Letras, la Filología y la Cultura Vascas a:
– Dña. Begoña Pedrosa Lobato.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 9 de julio de 2019.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
El Consejero de Cultura y Política Lingüística,
BINGEN ZUPIRIA GOROSTIDI.