N.º 122, viernes 28 de junio de 2019
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OTRAS DISPOSICIONES
LEHENDAKARITZA
3202
RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2019, de la Directora de Víctimas y Derechos Humanos, por la que se convoca el Premio «René Cassin» 2019.
El Decreto 427/2013, de 16 de octubre de 2013, regula el Premio «René Cassin» de Derechos Humanos, cuya finalidad es reconocer públicamente la actuación destacada, en el ámbito de los Derechos Humanos, de aquellas personas o colectivos que, con su trayectoria personal o profesional, dan testimonio de su compromiso en la promoción, defensa y divulgación de los Derechos Humanos.
El artículo 3 del mencionado Decreto prevé que, anualmente, mediante Resolución de la persona titular de la Dirección competente en materia de Derechos Humanos, se procederá a convocar el Premio y que dicha convocatoria establecerá la cantidad dineraria que conlleva el Premio, así como el plazo y lugar de presentación de las candidaturas.
Asimismo, el artículo 6.1 del precitado Decreto establece que para la elección de la persona o personas merecedoras del Premio se constituirá un Jurado, compuesto por 9 personas de reconocido prestigio vinculadas con los Derechos Humanos, que serán designadas mediante Resolución de la persona titular de la Dirección competente en materia de Derechos Humanos.
Por todo ello, en el ejercicio 2019, corresponde a la Directora de Víctimas y Derechos Humanos realizar la convocatoria del Premio y designar a las personas que compondrán el Jurado.
En su virtud,
RESUELVO:
Artículo 1.– Objeto.
El objeto de la presente Resolución es convocar el Premio «René Cassin» para 2019.
Artículo 2.– Cantidad dineraria.
La cantidad dineraria que conlleva el Premio es de 12.000 euros.
Artículo 3.– Tramitación presencial o electrónica.
1.– Las personas jurídicas interesadas en presentar candidaturas, deberán consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios electrónicos.
2.– Las personas físicas interesadas en presentar candidaturas, podrán emplear el canal presencial o electrónico. La utilización de cualquiera de estos canales, no obliga a su utilización en los sucesivos trámites del procedimiento, pudiendo modificarse en cualquier momento.
3.– Las especificaciones sobre cómo presentar las candidaturas, están disponibles en la siguiente sede electrónica de euskadi.eus:
https://www.euskadi.eus/premiorenecassin/2019/y22-izapide/es
4.– Los trámites posteriores a la solicitud, por canal electrónico, se realizarán a través de https://www.euskadi.eus/mi-carpeta
Artículo 4.– Plazo, presentación y formalización de las candidaturas.
1.– El plazo de presentación de candidaturas será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
2.– Las candidaturas que se presenten por medios electrónicos, se hará accediendo a la citada sede electrónica de euskadi.eus
3.– La presentación de candidaturas por medios presenciales, podrá realizarse en cualquiera de los lugares fijados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 5.– Candidaturas y documentación requerida.
1.– La candidatura, dirigida a la Directora de Víctimas y Derechos Humanos, se cumplimentará en el impreso normalizado, disponible en la sede electrónica de euskadi.eus
2.– Dicha candidatura se acompañará de:
– Dossier que especifique la contribución de la persona candidatada al Premio.
– Avales o adhesiones a favor de la persona propuesta.
Artículo 6.– Jurado.
La composición del Jurado será la siguiente:
Presidente: D. Jonan Fernández, Secretario General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación, del Gobierno Vasco.
Vocal: D.ª. Silvia Escobar Moreno, Embajadora de España en Misión Especial para las cuestiones referentes a los Derechos Humanos, hasta 2011.
Vocal: D. Jon Mirena Landa Gorostiza, Director de la Cátedra de Derechos Humanos y Poderes Públicos de la UPV/EHU.
Vocal: D.ª. María Oianguren Idígoras, Directora de Gernika Gogoratuz.
Vocal: D. Juan José Alvarez Rubio, Catedrático de Derecho Internacional Privado de la UPV y Doctor en Derecho.
Vocal: D.ª. Izaskun Landaida Larizgoitia, Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
Vocal: D. Mikel Mancisidor de la Fuente, miembro del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas.
Vocal: D.ª. M.ª del Carmen Hernández, viuda de D. Jesus María Pedrosa.
Vocal: D. Francisco Javier Galparsoro García, Presidente de CEAR- Euskadi.
Secretaria: D.ª. Monika Hernando Porres, Directora de Víctimas y Derechos Humanos.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
En todo lo no regulado expresamente en la presente Resolución, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Decreto 427/2013, de 16 de octubre de 2013, por el que se regula el Premio «René Cassin», de Derechos Humanos.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Contra la presente Resolución que no agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso de alzada ante la Secretaría General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 13 de junio de 2019.
La Directora de Víctimas y Derechos Humanos,
MÓNICA HERNANDO PORRES.