N.º 73, lunes 15 de abril de 2019
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 DE VITORIA-GASTEIZ
1911
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 67/2019.
Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Vitoria-Gasteiz – Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil.
Juicio: juicio verbal 67/2019.
Demandante: Angel Lopez Martin.
abogado/a.
Procurador/a:
Demandado/a: Emilio Jimenez Cerreduela.
Sobre: juicio verbal.
En el referido juicio se ha dictado el 01-04-2019 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:
SENTENCIA N.ª 91/2019
En Vitoria-Gasteiz, a 1 de abril de 2019.
Vistos por mí, D.ª Mónica Basurto Garrido, Magistrada del juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Vitoria, los precedentes autos del juicio verbal 67/19 en los que son partes:
Demandante: Ángel López Martin sin asistencia letrada ni representada por procurador.
Demandado: Emilio Jiménez Cerreduela declarado en situación legal de rebeldía.
Versa la litis sobre reclamación de cantidad
FALLO
Que estimando la demanda formulada por D. Ángel López Martin contra D. Emilio Jiménez Cerreduela debo condenar y condeno a la parte demandada al abono de 247,03 euros, más los intereses señalados en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.
Con imposición de las costas a D. Emilio Jiménez Cerreduela
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme, y contra ella no cabe interponer recurso de apelación conforme al artículo 455.1 Lec 1/2000 de 7 de enero, modificada por Ley 37/2011 de 10 de octubre.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Emilio Jimenez Cerreduela y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de abril de 2019.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.