N.º 38, viernes 22 de febrero de 2019
- Otros formatos:
- PDF (216 KB - 1 Pág.)
- EPUB (191 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3 DE VITORIA-GASTEIZ
977
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 880/2018.
Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Vitoria-Gasteiz – Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil.
Juicio: juicio verbal 880/2018.
Demandante: Ullibarri Distribución y Construcción, S.L.
Abogado/a.
Procurador/a: Blanca Olatz Garcia Rodrigo.
Demandado/a: Ramon Gil Ugarte.
Sobre: reclamación de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado el 07-02-2019 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:
FALLO
Dispongo: estimar la demanda interpuesta por Ullibarri, Distribución y Construcción, S.L. y condenar a don Ramón Gil Ugarte a abonar a Ullibarri, Distribución y Construcción, S.L. la suma de cuatrocientos veintiocho euros con veintiocho céntimos (428,28) por los conceptos de esta sentencia.
Condenar a don Ramón Gil Ugarte a abonar a Ullibarri, Distribución y Construcción, S.L. el interés legal respecto de dicha suma desde la fecha de interposición de esta demanda.
Condenar a don Ramón Gil Ugarte a abonar las costas del procedimiento.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Ramon Gil Ugarte y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución no cabe recurso.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a 7 de febrero de 2019.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.