N.º 223, martes 20 de noviembre de 2018
- Otros formatos:
- PDF (239 KB - 2 Pág.)
- EPUB (254 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
5693
RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2018, del Viceconsejero de Formación Profesional, por la que se conceden subvenciones para desarrollar programas de Formación Profesional Dual en Régimen de Alternancia, en centros privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco que imparten ciclos formativos de Formación Profesional, correspondientes al curso 2018-2019.
La Orden de 26 de junio del 2018, de la Consejera de Educación, por la que se convoca ayudas económicas destinadas a financiar el desarrollo de programas de Formación Profesional Dual en Régimen de Alternancia en centros privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco que imparten ciclos formativos de Formación Profesional en el curso 2018-2019.
Examinados los expedientes de solicitud correspondientes,
RESUELVO:
Artículo 1.– El objeto es conceder subvenciones para la financiación de gastos vinculados al desarrollo de tareas de tutorización del alumnado de formación profesional dual en régimen de alternancia dirigidos a la obtención de un título de formación profesional, a través de un proceso de aprendizaje desarrollado en alternancia entre el centro de formación y la empresa durante el curso 2018-2019 y autorizados por resolución del Viceconsejero de Formación Profesional que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, para el número de planes aprobados que en cada caso se determina y por las cantidades en él expresadas.
Artículo 2.– La subvención se hará efectiva en dos libramientos. El primer pago será por el 48% de la cantidad concedida a cada uno de los centros docentes o entidades titulares beneficiarias, una vez transcurrido el plazo indicado en el artículo 17.1, de la Orden de 26 de junio de 2018. El segundo pago se realizará por la cantidad restante del 52%, una vez finalizada la actividad subvencionada, tras la justificación documental, señalada en el artículo 11 de la citada Orden.
DISPOSICIÓN FINAL
Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante la Excelentísima Sra. Consejera de Educación.
En Vitoria-Gasteiz, a 9 de noviembre de 2018.
El Viceconsejero de Formación Profesional,
JORGE ARÉVALO TURRILLAS.