N.º 156, martes 14 de agosto de 2018
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE AZPEITIA
4235
EDICTO dimanante del procedimiento n.º 353/2016 seguido sobre exequátur.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
AUTO N.º 16/2018
Juez que lo dicta: D.ª Maria Laguna Muro.
Lugar: Azpeitia (Gipuzkoa).
Fecha: seis de febrero de dos mil dieciocho.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara el reconocimiento de la resolución de Sentencia de 4 de mayo de dos mil dieciséis, dictada por juez familiar oral de Primera Instancia del Distrito judicial de solidaridad, Playa del Carmen, Quintana Roo, Mexico y que decreta el divorcio entre Jose Maria Garcia Rodriguez y Mary Carmen Peralta Sanchez y aprueba en forma definitiva en todos sus términos el convenio de fecha veintitrés de marzo del año dos mil dieciséis celebrado por los cónyuges.
Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).
Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 1830 0000 02 035316, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).
Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Lo acuerda y firma S.S.ª. Doy fe.
Firma de la Juez.
Firma de la Letrada de la Administración de Justicia.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Mary Carmen Peralta Sanchez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Azpeitia (Gipuzkoa), a 28 de junio de 2018.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.