N.º 151, martes 7 de agosto de 2018
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE IRUN
4125
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 191/2017 seguido sobre reclamación de cantidad.
UPAD de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 de Irun.
Juicio: juicio verbal 191/2017.
Demandante: Centro de Rehabilitacion Prim C.B.
Abogado/a: Josu Iñigo Lobato Gauna.
Procurador/a: Ana Maria Lamsfus Mindeguia.
Demandado/a: Redouane Chabane Lazizi.
Sobre: reclamación de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado el 05-06-2018 sentencia, en la que el fallo es como sigue:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña Ana María Lamsfús Mindeguía, en nombre y representación de Centro de Rehabilitación Prim C.B. contra don Redouane Chabane Lazizi (NIE n.º X6814372R), debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 2.205 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, con imposición de costas a la parte demandada.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Redouane Chabane Lazizi y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Irun (Gipuzkoa), a 22 de junio de 2018.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.