N.º 148, jueves 2 de agosto de 2018
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5 DE GETXO
4006
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 68/2017 seguido sobre reclamación de cantidad.
Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 5 de Getxo.
Juicio: juicio verbal 68/2017.
Demandante: CP n.º 12 Avda Santa Ana de Leioa.
Abogado/a: Alfonso Ruiz Barasorda.
Procurador/a: Ana Bregel Orella.
Demandado/a: Herederos de Manuel Espejo Rotaeche.
Sobre: reclamación de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado Sentencia de fecha 10-05-2018, en la que el fallo es el siguiente:
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Avenida Santa Ana 12 de Leioa, contra los Herederos de D. Manuel Espejo Rotaeche o, en su caso, La Herencia Yacente, debo condenar y condeno a éstos a pagar solidariamente a aquélla la cantidad de 3.439,07 euros, intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda, intereses previstos por el artículo 576 de la LEC, a partir de la actual fecha, y costas.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Herederos de Manuel Espejo Rotaeche o, en su caso, Herencia Yacente y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Getxo (Bizkaia), a 15 de mayo de 2018.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.