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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 118, miércoles 20 de junio de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE BILBAO
3193

EDICTO dimanante del expediente de vigilancia penitenciaria n.º 3233/2017.

D.ª Maria Dublang Cabrera, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Bilbao (Bizkaia), hago saber:

Que en este Juzgado y con el n.º 3233/17 se sigue expediente al penado Ahmed Bakhada, y NIE: XX4930256E, con último domicilio en Calle Fika n.º 38 – 2.º B – Bilbao, y actualmente en ignorado paradero, en el cual se ha dictado el día 21-05-2018 auto y cuyos antecedentes de hecho y acuerda son del tenor literal siguiente:

AUTO

En Bilbao (Bizkaia), a 21 de mayo de 2018.

HECHOS

Primero.– Con fecha 09-05-2017 se toma conocimiento en el presente expediente del plan de ejecución de cumplimiento de 120 jornadas de trabajo en beneficio de la comunidad impuestas al penado Ahmed Bakhada en la causa 282/15-D del Juzgado de lo Penal n.º 7 de Bilbao.

Segundo.– Con fecha 12-09-2017 se recibe del Servicio Vasco de Gestión de Penas de Bizkaia informe en el cual se participa que tras haber realizado 30 jornadas el penado ha abandonado el cumplimiento desconociendo los motivos y circunstancias.

Tercero.– Por este Juzgado se acuerda la obligación al penado de comparecer ante dichos servicios para elaborar nuevo plan de ejecución, bajo apercibimiento de decretar que los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de quebrantamiento de condena y de decretar por este Juzgado el incumplimiento de la pena, comparecencia que no se ha producido debido a la imposibilidad de notificación, procediéndose a practicar dicha diligencia mediante Edictos fijados en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Cuarto.– Dado traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal por éste se informó en el sentido: que se proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 49.6 CP.

ACUERDA:

Declarar por incumplida por parte de Ahmed Bakhada la pena de 90 jornadas pendientes de cumplimiento de las 120 jornadas en beneficio de la comunidad impuestas en Ejec. 282/15-D del Juzgado de lo Penal n.º 7 de Bilbao.

Dedúzcase testimonio al Juzgado de Guardia de los de Bilbao a los efectos establecidos en el fundamento único.

Notifíquese la presente Resolución al Juzgado sentenciador a los efectos oportunos.

Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal, al Servicio Vasco de Gestión de Penas y al penado mediante Edictos a publicar en el Boletín Oficial del País Vasco, haciéndose saber que contra la misma y ante este Juzgado podrá interponer recurso de Reforma en el plazo de tres días a contar del siguiente a su notificación.

Así lo manda y firma el/la Iltmo/a Sr/a D/ña Ruth Alonso Cardona, Magistrado del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Bilbao (Bizkaia); doy fe.

Y para que sirva de notificación y requerimiento al penado Ahmed Bakhada por encontrarse en ignorado paradero, en cumplimiento de lo ordenado, haciéndole saber que contra dicha resolución podrá interponer recurso de reforma en el término de tres días a partir de esta notificación, libro el presente en Bilbao (Bizkaia), a 21 de mayo de 2018.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental