N.º 85, viernes 4 de mayo de 2018
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
2403
ORDEN de 13 de abril de 2018, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 3 (domicilio) de los estatutos de la «Fundación Privada para el Centro Superior de Música del País Vasco».
Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.– El 13 de julio de 2017 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación del artículo 3 (domicilio) de los estatutos de la «Fundación Privada para el Centro Superior de Música del País Vasco», acordada por el Patronato de la Fundación el 17 de noviembre de 2016 Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.
Segundo.– El artículo modificado se refiere al traslado del domicilio de la Fundación desde su ubicación provisional en el Palacio Miramar a la Plaza Europa n.º 2 de San Sebastián con el código postal 20018.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero.– Corresponde al Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, artículo 6.1.m) del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y artículo 3.1 del Decreto 71/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.
Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, 33.1 del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco y 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.
Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,
RESUELVO:
Primero.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 3, relativo al traslado de su domicilio, de los estatutos de la «Fundación Privada para el Centro Superior de Música del País Vasco», de San Sebastián (Gipuzkoa), acordada por el Patronato de la Fundación el 17 de noviembre de 2016, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 21 de junio de 2017, ante el Notario doña Guadalupe Maria Inmaculada Adanez (n.º de protocolo: 1005).
Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
En Vitoria-Gasteiz, a 13 de abril de 2018.
El Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno,
JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.