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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 59, viernes 23 de marzo de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
1602

RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 2018, del Director de Actividad Física y Deporte, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación de los Estatutos de la Federación Vasca de Taekwondo.

A la vista de la redacción de la modificación de los Estatutos de la Federación Vasca de Taekwondo inscrita en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco el 16 de junio de 1988 con el número 152.

Resultando que la Asamblea General Extraordinaria de la Federación Vasca de Taekwondo, celebrada el 9 de febrero de 2018, aprobó la modificación de los artículos 27.2 y 75 de los Estatutos de la Federación y que tal aprobación se ha acreditado documentalmente.

Se considera que la modificación de los Estatutos es conforme con los preceptos del Decreto 16/2006, de 31 de enero y de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte de Euskadi.

En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen.

RESUELVO:

Primero.– Aprobar e inscribir en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación estatutaria de los artículos 27.2 y 75 (último párrafo) de los Estatutos de la Federación Vasca de Taekwondo, quedando redactados de la siguiente manera:

Artículo 27.2:

«2.– Los miembros de la Junta Directiva podrán ser reelegidos, pero el límite temporal de mandatos será de 20 años o 5 mandatos, computándose todos los cargos directivos que hayan ostentado en la Junta Directiva. No obstante la limitación precedente, el transcurso de 4 años o 1 mandato desde la finalización de su anterior mandato les habilitará para presentarse a cualquier nuevo proceso de elección o designación.»

Artículo 75 (último párrafo):

«Estos cuatro primeros libros deberán diligenciarse en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco.»

Segundo.– Notifíquese en el plazo legal establecido.

Tercero.– Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Cuarto.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 1 de marzo de 2018.

El Director de Actividad Física y Deporte,

JON REDONDO LERTXUNDI.


Análisis documental