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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 9, viernes 12 de enero de 2018


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DEPARTAMENTO DE SALUD
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ANUNCIO por el que se notifica la resolución de procedimiento sancionador n.º B-20/2017-S, emitida por la Dirección de Salud Pública y Adicciones.

Habiéndose intentado sin efecto la notificación ordinaria de la referida resolución a D.ª Edurne Villanueva Esnal (DNI: 11904043W), se procede a la publicación del presente anuncio.

En virtud del mismo se le hace saber que ha sido emitida resolución dentro de expediente sancionador por la comisión de una infracción de la normativa sanitaria, imponiéndosele una sanción de multa por importe de 100 euros.

Advertencias legales:

La resolución sancionadora, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante el Viceconsejero de Salud. El recurso de alzada podrá interponerse ante el citado Viceconsejero o la Dirección de Salud Pública y Adicciones, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se podrá examinar el expediente en la Delegación Territorial sita en Bilbao (Bizkaia), calle Alameda Rekalde, n.º 39 A-5.ª planta (Asesoría Jurídica).

Se advierte que el importe de la sanción de multa deberá hacerse efectivo en el siguiente plazo: cuando la firmeza de la resolución se produzca entre los días 1 y 15 del mes, desde tal fecha hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, si aquél no lo fuera. Cuando la resolución adquiera firmeza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de firmeza hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, si aquél no lo fuera. La firmeza de la resolución se producirá cuando transcurra el período de un mes para la interposición del recurso de alzada sin haberse acreditado el mismo, o, si efectivamente se interpusiera, desde la fecha en que la persona interesada adquiere conocimiento de su desestimación, en su caso.

El ingreso se realizará, citando el número de expediente, en la siguiente cuenta corriente y entidad bancaria:

KutxaBank – Cuenta n.º: IBAN ES85/2095/0611/0132/3906/8030 – Tesorería General del País Vasco.

La falta de pago de la multa en el referido periodo voluntario dará lugar a su recaudación por vía de apremio, según lo establecido en las disposiciones vigentes, con los recargos correspondientes.

Lo que se notifica mediante su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y Boletín Oficial del Estado, conforme a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La presente notificación edictal surte efectos como «dies a quo», a efectos del cómputo de plazos, a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

En Bilbao, a 27 de diciembre de 2017.

La Secretaria del Expediente,

LEIRE BERGARA SAUTUA.

ANEXO I
(Véase el .PDF)

Análisis documental