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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 239, lunes 18 de diciembre de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 2 DE BILBAO
6071

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 185/2015 seguido sobre sociedades mercantiles.

Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: procedimiento Ordinario 185/2015.

Demandante: Luzaro Establecimiento Financiero de Crédito, S.A.

Procurador: Irene Jiménez Echevarria.

Demandados: Borja José López Tapia y Laiseca Ferragut, S.L.

Procurador: Juan Carlos Ruiz Gutierrez.

Sobre: demanda responsabilidad del administrador.

En el referido juicio se ha dictado Sentencia 14/2016 de fecha 14 de enero cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

1.– Estimar íntegramente la demanda formulada por Luzaro Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., representada por la Procuradora Irene Jiménez Echevarría; frente a Borja José López Tapia, representado por el Procurador Juan Carlos Ruiz Gutiérrez, y frente a la mercantil Laiseca Ferragut, S.L., en situación procesal de rebeldía.

2.– Condenar a Laiseca Ferragut, S.L. y a Borja José López Tapia a que abonen, de forma solidaria, a Luzaro Establecimiento Financiero de Crédito, S.A. la cantidad global de cuarenta mil quinientos once euros con veintitrés céntimos (40.511,23).

3.– Condenar a Laiseca Ferragut, S.L. y a Borja José López Tapia a que satisfagan de forma solidaria el interés moratorio de la suma adeudada global incrementada en dos puntos desde la fecha de esta resolución si deviniera firme, como intereses procesales regulados en el artículo 576 LEC.

4.– Con condena en costas únicamente a Laiseca Ferragut, S.L.

5.– Las costas de la pretensión frente a Borja José López Tapia serán abonadas por cada parte y las comunes, por mitad.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Laiseca Ferragut, S.L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días hábiles.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 27 de julio de 2017.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental