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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 239, lunes 18 de diciembre de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
6058

RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2017, del Director de Puertos y Asuntos Marítimos, por la que se acuerda iniciar, mediante convocatoria pública, el procedimiento para el otorgamiento de concesiones de uso de plazas de amarre para embarcaciones de recreo de la lista 7.ª en el puerto de Molla-Hondarribia.

Euskadiko Kirol Portuak, S.A. dispone en el puerto de Molla-Hondarribia de unas instalaciones de amarre para embarcaciones de recreo no profesionales, cuya ocupación precisa el previo otorgamiento de un título habilitante de uso de plazas de amarre.

El procedimiento de otorgamiento de tales títulos en los puertos de titularidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi viene establecido en la Orden de 19 de octubre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se regula el procedimiento de otorgamiento y el régimen de las concesiones de uso de plazas de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo, en cuyo artículo 5 afirma que la Administración abrirá el plazo de presentación de solicitudes de plazas de amarre mediante anuncio de la convocatoria que se realizará por resolución del Director de Puertos y Asuntos Marítimos y se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.

De acuerdo con lo anterior, en virtud de las facultades que tiene atribuidas esta Dirección por los artículos 7.h), 23 b) y 23.c) del Decreto 74/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, así como del artículo 5 de la Orden de 19 de octubre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se regula el procedimiento de otorgamiento y el régimen de las concesiones de uso de plazas de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo

RESUELVO:

Primero.– Acordar el inicio, mediante convocatoria pública, del procedimiento de otorgamiento de concesiones de uso de plazas de amarre en el puerto de Molla-Hondarribia, de acuerdo con las bases que constan en el Anexo I a esta resolución.

Segundo.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes o ante quien ha dictado la resolución, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 1 de diciembre de 2017.

El Director de Puertos y Asuntos Marítimos,

AITOR ETXEBARRIA ATUTXA.

ANEXO I
BASES

Primera.– Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la convocatoria el otorgamiento de concesiones de uso de plazas de amarre, para embarcaciones de recreo de la lista 7.ª, en el puerto de Molla-Hondarribia.

Segunda.– Plazas de amarre ofertados.

1.– El número de plazas de amarre ofertadas es de doscientos treinta y siete (237):

2.– El número de plazas en cada categoría es el siguiente:

a) Amarres a pantalán con finger de 4 metros de longitud y un ancho entre finger de aprox. 4,30 metros: 81.

b) Amarres a pantalán con finger de 4 metros de longitud y un ancho entre finger de aprox. 5 metros: 105.

c) Amarres a pantalán con finger de 4 metros de longitud y un ancho entre finger de aprox. 5,72 metros: 2.

d) Amarres a pantalán con finger de 6 metros de longitud y un ancho entre finger de aprox. 6.20 metros: 36.

e) Amarres a pantalán con finger de 8 metros de longitud y un ancho entre finger de aprox. 7,20 metros: 13.

3.– La ubicación de las plazas de amarre es la señalada en el plano que se adjunta como Anexo II a esta Resolución.

Tercera.– Solicitudes.

1.– La solicitud se presentará en el modelo normalizado que figura como Anexo III a la presente Resolución, el cual se facilitará gratuitamente en las dependencias, en Hondarribia, de Euskadiko Kirol Portuak, S.A., en adelante EKP (Kapitaintza, Minatera s/n. 20280 Hondarribia).

2.– Asimismo, puede descargarse en la página electrónica de www.euskadi.eus, accediendo al apartado relativo al Gobierno Vasco – Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras – Transportes – Puertos – amarres en puertos deportivos: «solicitud de amarre».

Cuarta.– Documentación.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación requerida por el artículo 9 de la Orden de 19 de octubre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras.

Quinta.– Lugar de presentación de solicitudes.

Las solicitudes podrán presentarse directamente en las dependencias de EKP en Hondarribia (Kapitaintza, Minatera s/n. 20280 Hondarribia) de lunes a viernes en horario de 09:30 a 17:00 horas y los sábados de 10:00 a 13:00 horas, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexta.– Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 26 de diciembre de 2017 y finalizará el día 16 de enero de 2018 (de lunes a sábado).

Séptima.– Procedimiento.

El procedimiento de asignación de las plazas de amarre será el de libre concurrencia teniendo en cuenta los criterios de asignación establecidos en el artículo 14 de la Orden de 19 de octubre de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se regula el procedimiento de otorgamiento y el régimen de las concesiones de uso de plazas de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo.

Octava.– Concesión de uso del puesto de amarre.

El plazo de concesión de uso de puesto de amarre será de quince años a contar desde la fecha de otorgamiento.

El régimen jurídico de las concesiones de uso de plazas de amarre será el establecido en el Capítulo III de la citada Orden.

Novena.– Publicidad.

1.– De conformidad con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la notificación de la subsanación de las solicitudes y de la documentación presentada y, en su caso, de la información relacionada con los diferentes aspectos de desarrollo de esta convocatoria se efectuará en el tablón de anuncios de las dependencias de EKP en Hondarribia (Kapitaintza, Minatera s/n. 20280 Hondarribia).

2.– La resolución que ponga fin al procedimiento se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.

(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)

Análisis documental