N.º 238, viernes 15 de diciembre de 2017
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ECONOMÍA
6027
DECRETO 268/2017, de 12 de diciembre, sobre autorización de participación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la ampliación de capital de la sociedad pública Itelazpi, S.A. y de modificación de los estatutos sociales.
El artículo 110.1 del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, aprobado por Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, dispone que «la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno, por decreto, a propuesta conjunta del Consejero o Consejera competente en materia de patrimonio y del que directamente o a través de un ente instrumental se encuentre o vaya a encontrase vinculada la sociedad. El Decreto será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de su eficacia desde la fecha en que se dicte.
El decreto que autorice la adquisición de valores representativos de capital, salvo que se trate de adquisición a título gratuito, indicará necesariamente el objeto social y el porcentaje de participación, directa o indirecta, que tendrá la Comunidad Autónoma en la sociedad».
El objeto social de la sociedad pública Itelazpi, S.A., tal como se desprende del artículo 2 del Decreto 215/2003, de 23 de septiembre, mediante el que se autoriza la creación de la citada sociedad, constituye «La gestión, implantación, explotación y mantenimiento de sistemas e infraestructuras de telecomunicaciones, con el objetivo de prestar servicios de transporte y difusión de señales de radio y televisión, radiocomunicación, videocomunicación, transmisión y conmutación de señales y cualquier otro servicio de telecomunicación.
La realización de estudios y prestación de servicios de asesoramiento y planificación técnica en materia de espectro radioeléctrico.
Participar en el capital de empresas relacionadas con su ámbito de actuación y en las condiciones que en cada caso se determinen».
Para dar cumplimiento al citado objeto social y financiar diversas inversiones para los próximos ejercicios, el Consejo de Administración de Itelazpi, S.A., en su reunión de 30 de noviembre de 2017, acordó proponer a la Junta General de Accionistas, conforme a lo establecido en el artículo 4 del Decreto 215/2003, de 23 de septiembre, sobre autorización a la Administración de la comunidad Autónoma de Euskadi para la creación y adquisición de participaciones en la Sociedad Anónima Pública Itelazpi, S.A., una ampliación de su capital social, por un importe de quince millones ciento veintidós mil setecientos (15.122.700) euros.
El porcentaje de participación directa de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la ampliación referida alcanza el 100% de la misma.
En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Gobernanza Pública y Autogobierno y de Hacienda y Economía, previa deliberación y aprobación del Gobierno en su sesión celebrada el día 12 de diciembre de 2017,
DISPONGO:
Artículo 1.– Autorizar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción en el ejercicio de sus derechos de socio único, de doscientas cincuenta y dos mil cuarenta y cinco (252.045) acciones de sesenta (60) euros de valor nominal cada una de ellas, de única serie y clase, numeradas correlativamente de la trescientos setenta y dos mil quinientos seis (372.506), a la seiscientas veinticuatro mil quinientos cincuenta (624.550) ambas inclusive, a la par y libres de todo gasto e impuesto de emisión, así como su desembolso, en los términos del Acuerdo adoptado por la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de la sociedad pública Itelazpi, S.A.
Artículo 2.– Modificar el artículo 5 de los estatutos sociales de la citada sociedad pública, que adoptará la siguiente redacción:
«Artículo 5.– Capital social.
El Capital Social se fija en la cantidad de treinta y siete millones cuatrocientos setenta y tres mil (37.473.000) euros y está representado por seiscientas veinticuatro mil quinientas cincuenta (624.550) acciones ordinarias nominativas de sesenta (60) euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la uno (1) a la seiscientas veinticuatro mil quinientas cincuenta (624.550) ambas inclusive, íntegramente suscritas y desembolsadas.»
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto surtirá efectos desde su aprobación.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 12 de diciembre de 2017.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
El Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno,
JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.
El Consejero de Hacienda y Economía,
PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE.