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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 235, martes 12 de diciembre de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 7 DE VITORIA-GASTEIZ
5951

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 219/2016 seguido sobre reclamación de cantidad.

Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil - Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: Juicio verbal 219/2016.

Demandante: Limite 24 S.L.

Abogado/a.

Procurador/a.

Demandado/a: Ana Rosa Carracedo Mesa.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado el 27-10-2017 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

SENTENCIA N.º 46/2017

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de octubre de 2017.

Vistos por mí, M.ª Teresa Trinidad Santos, Magistrada- Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 y de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-Gasteiz, los presentes autos del Juicio Verbal 219/16, sobre reclamación de cantidad, seguidos en este Juzgado, entre partes, de una como demandante, Limite 24 S.L., en su propio nombre y defensa y de otra como demandada Ana Rosa Carracedo Mesa, en rebeldía procesal, se procede a dictar la presente Sentencia

FALLO

Se desestima la demanda interpuesta por Limite 24 S.L. contra Ana Rosa Carracedo Mesa.

Se condena en costas a la demandante.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno (art. 455 LEC).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr/a. Magistrado que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Letrado de la Administración de Justicia doy fe, en Vitoria-Gasteiz, a treinta de octubre de dos mil diecisiete.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada D.ª Ana Rosa Carracedo Mesa y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución la demandada rebelde no cabe recurso alguno.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a treinta de octubre de dos mil diecisiete.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental