N.º 229, jueves 30 de noviembre de 2017
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA
5807
EDICTO dimanante del recurso n.º 378/2017 seguido sobre apelación en ejecución hipotecaria.
Audiencia Provincial de Bizkaia – Sección Tercera.
Recurso: A.eje.hipotec.L2 378/2017.
Recurrente: Banco Popular Español, S.A.
Abogado: D. Alfonso Matas Frias.
Procurador: D. Jesus Fuente Lavin.
Recurrido: Carlos Ares Fernandez y Aitziber Cordon Mañanes.
Sobre: ejecución hipotecaria.
En el referido recurso se ha dictado el 02-11-2017 auto, en la que la parte dispositiva es la siguiente:
Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del Banco Popular Español, S.A. contra el Auto dictado por el Juzgado de 1.ª Instancia n.º 1 de Barakaldo en la Pieza Ejecución Hipotecaria 1192/13 de fecha 24 de mayo de 2017, debemos confirmar como confirmamos dicha resolución con expresa imposición de las costas de esta alzada a la parte apelante.
Transfiérase el depósito por la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de origen a la cuenta de depósitos de recursos inadmitidos y desestimados.
Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del recurrido D/D.ª Carlos Ares Fernandez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de/l Pais Vasco.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Bilbao (Bizkaia), a 2 de noviembre de 2017.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.