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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 127, miércoles 5 de julio de 2017


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
3390

RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2017, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se autoriza la instalación y se aprueba el proyecto de ampliación de la subestación eléctrica 400/220 kV Vitoria – instalando una nueva posición de acceso a distribución (posición 7), en el término municipal Vitoria-Gasteiz (Álava).

Referencia: 17722-PML-mmb.

Expediente: 01-AT-E-2017-00010.

Visto el expediente incoado en esta Delegación Territorial, Ref. 17722, a petición de Red Electrica de España, S.A.U., solicitando autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación eléctrica de referencia citada y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre (BOPV de 23-12-2002), por el que se regulan los procedimientos de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, así como de las acometidas, líneas directas e instalaciones de conexión de consumidores, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 8/2004, de 12 de noviembre, de Industria.

La Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial es el órgano competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 74/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras,

RESUELVE:

Autorizar a Red Electrica de España, S.A.U. la instalación y aprobar el proyecto de ejecución de la ampliación de la subestación eléctrica Vitoria 400/220 kV para instalar una nueva posición (posición 7) para un autotransformador 220/30 kV (AT-5) en el parque de 220 kV, con objeto de facilitar el acceso a la red de distribución.

Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 282/2002, de 3 de diciembre y con las condiciones generales siguientes:

1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2.– El plazo de puesta en marcha será de dos años contado a partir de la presente Resolución.

3.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Araba, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

4.– La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asi mismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Vitoria-Gasteiz, a 2 de junio de 2017.

El Director de Energía, Minas y Administración Industrial,

AITOR PATXI OREGI BAZTARRIKA.


Análisis documental