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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 124, viernes 30 de junio de 2017


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JUNTA ARBITRAL DEL CONCIERTO ECONÓMICO
3339

ANUNCIO por el que se notifican varias resoluciones de la Junta Arbitral del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Intentada sin efecto la notificación personal de las referidas Resoluciones 8/2016, 3/2017 y 6/2017, se publica el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en al artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los/as interesados/as reseñados/as en el anexo, ostentan dicha condición en los conflictos seguidos con referencias 97/2011, 6/2012 y 5/2012 seguidos ante la Junta Arbitral del Concierto Económico.

Los indicados conflictos han finalizado tras haber recaído respectivamente Resoluciones R8/2016, R3/2017 y R6/2017. Habiendo resultado sin efecto las oportunas notificaciones de las Resoluciones a los/as mencionados/as interesados/as, por medio del presente anuncio, y de conformidad con los dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 1760/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Junta Arbitral prevista en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, que remite a el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a fin de que en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, los afectados por las resoluciones puedan comparecer en la sede de la Junta Arbitral del Concierto Económico, sita en Portal de Castilla número 15, de Vitoria-Gasteiz, para tener conocimiento del contenido de las mismas y se proceda a su notificación, según establece el artículo 18 del arriba indicado Reglamento de la Junta Arbitral prevista en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Las resoluciones que se relacionan, sin perjuicio de su carácter ejecutivo, son únicamente susceptibles de recurso en vía contencioso-administrativa ante la Sala correspondiente del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 Real Decreto 1760/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Junta Arbitral prevista en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, en plazo de dos meses contados a partir del siguiente a la fecha del recibí de la notificación o, en su defecto, a la finalización del plazo otorgado de un mes anteriormente mencionado, tal y como establece el artículo 67 de la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Finalizado el plazo mencionado en el párrafo anterior, se darán por notificadas las resoluciones, quedando copia de las mismas en depósito en esta Junta. De producirse una personación posterior por parte de los afectados la notificación practicada así como la entrega de la Resolución no tendrán ningún valor a efectos de reapertura de plazos y no siendo preciso dejar constancia de ello en el expediente del conflicto.

Lo que se hace público para el conocimiento de los interesados/as reseñando/as en el anexo a quienes debe servir de notificación.

La presente notificación surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Vitoria-Gasteiz, a 20 de junio de 2017.

La Secretaria de la Junta Arbitral,

LORETO ABAIGAR ECHEGOYEN.

ANEXO
(Véase el .PDF)

Análisis documental