N.º 100, lunes 29 de mayo de 2017
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
2630
RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2017, del Delegado Territorial de Bizkaia del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se convoca el acto de levantamiento de Actas Previas a la ocupación de las fincas que se relacionan, afectadas por la ampliación de la servidumbre de la LAAT a 30 kV denominada Bergara-Abadiño 1 y 2, en los términos municipales de Elorrio, Atxondo y Abadiño, titularidad de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.
Ref: L-8298 GHI-TLE
Exp: AT-H-2016-10
Por Resolución de 7 de diciembre 2016 del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, del Departamento Desarrollo Económico e Infraestructuras, se procedió a la declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica de referencia citada.
De conformidad con lo previsto en el artículo 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico, la declaración de utilidad pública lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación de los mismos a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
En su virtud esta Delegación Territorial en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 (BOE 17-12-1954), ha resuelto convocar a los propietarios y titulares de bienes y derechos afectados en los Ayuntamientos de Elorrio y Atxondo, donde radican los bienes afectados como punto de reunión para llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación de dichos bienes y, si procediera el de la ocupación definitiva.
Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derecho, o intereses sobre los bienes afectados deberán acudir personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo de la contribución, pudiéndose acompañar de un perito o un notario si lo estima oportuno.
El levantamiento tendrá lugar el día y hora que figura en la relación adjunta, comunicándose a cada titular mediante el envío de cédula de citación en que se señale lugar, día y hora, procediéndose así mismo a las demás publicaciones establecidas en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Asimismo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, los interesados, así como las personas que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos se hayan podido omitir en las relaciones publicadas, podrán formular por escrito a esta Delegación Territorial sita en Bilbao, Calle General Concha, 23-5.º, hasta el día señalado para el levantamiento de las actas previas, cuantas alegaciones estimen oportunas a los efectos de subsanar los posibles errores en que se haya podido incidir al relacionar los bienes y derechos que se afectan.
Asimismo, se hace constar que, a tenor de lo previsto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la norma segunda del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el presente anuncio servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos respecto de quienes sea ignorado su paradero.
En Bilbao, a 9 de mayo de 2017.
El Delegado Territorial,
ADOLFO GONZÁLEZ BERRUETE.