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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 65, lunes 3 de abril de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
1695

RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2017, del Viceconsejero de Industria, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas de apoyo a las organizaciones clúster de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La Orden de 13 de abril de 2016, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, regula el programa de apoyo a las organizaciones clúster de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (BOPV n.º 81, de 2 de mayo de 2016).

El artículo 8 prevé que las subvenciones reguladas en la misma sean objeto de convocatoria pública anual, y que se concedan bajo los principios de publicidad, concurrencia y objetividad en un único procedimiento. De conformidad a lo establecido en el citado artículo procede realizar la convocatoria de las ayudas para el ejercicio 2017.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2017, de las ayudas previstas en la Orden por la que se desarrolla el programa de apoyo a las organizaciones clúster de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Artículo 2.– Dotación económica.

Para este fin se destinará un total de 2.400.000,00 euros distribuidos en 1.200.000,00 euros, de crédito de pago y, 1.200.000,00 euros, de crédito de compromiso, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2016, prorrogados para el ejercicio 2017, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 9/2015, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2016 en relación con el Título IX del Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi y se regula el régimen presupuestario aplicable a las Fundaciones y Consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Artículo 3.– Limites de gastos subvencionables.

1.– El límite máximo de horas subvencionables a que hace referencia el artículo 5.1.a) de la Orden que regula el programa de apoyo a las organizaciones clúster de la Comunidad Autónoma del País Vasco es de 17:00 horas, lo que equivale a la dedicación anual de 10 personas.

2.– El importe máximo de los gastos a que se refiere el artículo 5.1.b) será del 15% de los gastos de personal, de la organización clúster beneficiaria, subvencionados.

Artículo 4.– Lugar y forma de presentación.

1.– Las solicitudes, requerimientos, notificaciones y demás gestiones implicadas en esta convocatoria de concesión de ayudas reguladas por la Orden de 13 de abril de 2016, de apoyo a las organizaciones clúster de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se efectuaran por medios electrónicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2.– Las especificaciones de cómo tramitar por el canal electrónico las solicitudes, declaraciones responsables y demás documentación, que figuran en el anexo a esta Resolución, se cumplimentarán en la dirección de Internet www.euskadi.eus

Artículo 5.– Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 09:00 horas del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará a las 12:00 del día 12 de mayo de 2017 (un mes después de su publicación en el BOPV).

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Para el análisis de las solicitudes se constituye el Órgano de Evaluación cuya composición estará presidida por Javier Aizpuru, y como suplente Pedro Rodríguez.

Serán vocales los siguientes miembros:

Aitor Patxi Oregi. Suplente, Antton Arrieta.

Alexander Armentia. Suplente, Imanol Rodríguez.

Juan Domingo Olabarri. Suplente, Susana Larrea.

David Fernández. Suplente, Alberto Méndez.

Actuará como secretario del Órgano de evaluación, Alexander Armentia.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Resolución de convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de marzo de 2017.

El Viceconsejero de Industria,

JAVIER ZARRAONANDIA ZULOAGA.

ANEXO
MODELOS DE SOLICITUD Y JUSTIFICACIÓN
(Véase el .PDF)
DECLARACIÓN RESPONSABLE
(Véase el .PDF)
AUTORIZACIÓN
(Véase el .PDF)

Análisis documental