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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 42, miércoles 1 de marzo de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2 DE VITORIA-GASTEIZ
1107

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 616/2016.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento pro. ordinario 616/2016 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vitoria-Gasteiz a instancia de Comunidad de Propietarios de la calle Nieves Cano n.º 6 de Vitoria contra herencia yacente de Luis Andino Rodriguez y Maria Martioda Lengaran sobre juicio ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 36/2017

Juez que la dicta: D. Francisco Javier Pablo Pablo.

Lugar: Vitoria-Gasteiz.

Fecha: uno de febrero de dos mil diecisiete.

Parte demandante: Comunidad de Propietarios de la calle Nieves Cano n.º 6 de Vitoria.

Abogado/a: Monica Blanca Rico Mendiguren.

Procurador/a: Soraya Martinez de Lizarduy Portillo.

Parte demandada: herencia yacente de Luis Andino Rodriguez y Maria Martioda Lengaran.

Abogado/a.

FALLO

Estimo la demanda de juicio Ordinario de propiedad horizontal, seguida ante este Juzgado, al que por turno de reparto corresponden, a instancia de la Procuradora Sra. Martínez de Lizarduy, en representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Nieves Cano n.º 6 de Vitoria-Gasteiz, asistida por la Letrado Sra. Rico, contra la herencia yacente de D. Luis Andino Rodríguez y D.ª María Martioda Lengaran, en situación procesal de rebeldía, y en consecuencia, condeno la herencia yacente de D. Luis Andino Rodríguez y D.ª María Martioda Lengaran, a consentir/permitir la entrada en el camarote n.º 3 anejo a su vivienda 1.º E de la Comunidad demandante, para que ésta realice cuantas reparaciones sean oportunas a fin de eliminar la fuga detectada en el presente procedimiento.

Todo ello, con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 0010 0000 04 0616 16, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Vitoria-Gasteiz, a 2 de febrero de 2017.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental