N.º 28, jueves 9 de febrero de 2017
- Otros formatos:
- PDF (238 KB - 2 Pág.)
- EPUB (199 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
OTRAS DISPOSICIONES
AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
738
RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2017, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se acepta la solicitud de renuncia a la ayuda concedida a la entidad Unesco Etxea-Centro Unesco del País Vasco, para becar a la cooperante con número de expediente NBE-2013BA/0002, dentro de la convocatoria de ayudas, para el año 2013, a Organismos Internacionales del sistema de Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a los mismos, para becar a las personas cooperantes voluntarias que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos.
Por Resolución de 20 de diciembre de 2013, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, se concedió a la entidad Unesco Etxea-Centro Unesco País Vasco una subvención de 15.901,30 euros para becar al/ a la cooperante Ana María Gómez (NBE-2013BA/0002), y por resolución de 4 de noviembre de 2014, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, se prorrogó la referida beca por 15.451,36 euros, haciendo un total de 31.352,66 euros.
La citada entidad, en comunicación dirigida a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, con fecha 26 de noviembre de 2015, remitió solicitud de renuncia parcial a la beca por los motivos que constan en el expediente.
Analizada la solicitud, el Servicio de Coordinación Técnica informa favorablemente la renuncia presentada por la entidad beneficiaria de la subvención.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 22/2007, de 13 de febrero, por el que se regulan las ayudas a Organismos Internacionales del sistema de las Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a ellos, para becar a los/las cooperantes voluntarios/as que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos, la renuncia de la persona cooperante voluntaria de la beca dará lugar a la devolución proporcional de los derechos económicos cobrados y, en su caso, a la no realización de los pagos pendientes.
La cantidad a la que renuncia se calculará teniendo en cuenta el período de beca que queda pendiente de desarrollar.
Por lo que se refiere a la competencia para aprobar las modificaciones propuestas, tras la creación, regulación y entrada en funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento; y Decreto 310/2010, de 23 de noviembre por el que se regula el inicio de actividades de la Agencia), dicha competencia y, en general, el dictado de las Resoluciones necesarias para gestionar estas ayudas corresponde a la Dirección de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.
Por todo lo expuesto,
RESUELVO:
Primero.– Aceptar la renuncia a la beca solicitada por el/la cooperante Ana María Gómez, dentro de la convocatoria de ayudas, para el año 2013, a Organismos Internacionales del sistema de Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a los mismos, para becar a las personas cooperantes voluntarias que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos.
Como consecuencia, la entidad Unesco Etxea-Centro Unesco del País Vasco deberá devolver el importe correspondiente que no ha sido justificado y que asciende a 3.515,15 euros.
Segundo.– Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidencia de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.
En Vitoria-Gasteiz, a 31 de enero de 2017.
El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,
PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.