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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 226, lunes 28 de noviembre de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

LEHENDAKARITZA
5056

RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2016, de la Secretaria General de Acción Exterior, por la que se incrementa el importe de la dotación económica destinada a la convocatoria de ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo para el ejercicio 2016.

Por Resolución de 27 de abril de 2016, de la Secretaria General de Acción Exterior, (Boletín Oficial del País Vasco n.º 83, de 4 de mayo), se convocaron las ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo para 2016.

El artículo 2.a) de la citada Resolución establece que la dotación económica para la línea de financiación permanente para ayudas de emergencia y acción humanitaria es de un millón doscientos mil euros.

Por su parte, el párrafo segundo del referido artículo determina que dicho importe podrá ser modificado teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de la convocatoria de otras ayudas y con carácter previo a la resolución de la misma. En tal supuesto, y de conformidad con lo dispuesto en la citada previsión, esa modificación deberá ser publicada en el Boletín Oficial del País asco mediante Resolución de la Secretaria General de Acción Exterior.

Existiendo una dotación complementaria, y habiendo proyectos de emergencia y acción humanitaria pendientes de atender, previa la aprobación del Consejo Rector de la Agencia vasca de Cooperación para el Desarrollo, a través de un acuerdo adoptado en la sesión celebrada el día 27 de julio de 2016,

RESUELVO:

Artículo 1.– Incrementar en tres millones setecientos mil (3.700.000) euros el importe previsto en el artículo 1 de la Resolución de 27 de abril de 2016, de la Secretaria General de Acción Exterior, por la que se convocan ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo para el año 2016, pasando de tres millones doscientos mil (3.200.000) euros a seis millones novecientos mil (6.900.000) euros.

Artículo 2.– Destinar los tres millones setecientos mil (3.700.000) euros de incremento a la línea de financiación permanente de ayudas de emergencia y acción humanitaria, recogida en el artículo 2.a) de la Resolución de 27 de abril de 2016, de la Secretaria General de Acción Exterior, cuya dotación económica pasa de un millón doscientos mil (1.200.000) euros a cuatro millones novecientos mil (4.900.000) euros.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la Secretaria General de Acción Exterior, en el plazo de un mes a partir al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de noviembre de 2016.

La Secretaria General de Acción Exterior,

MARIA ANGELES ELORZA ZUBIRIA.


Análisis documental