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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 219, viernes 18 de noviembre de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2 DE VITORIA-GASTEIZ
4917

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 444/2016.

D.ª Cristina Rubio Domingo, Letrada de la Administración de Justicia de la UPAD Civil – Juzgado de Primera Instancia número Dos de Vitoria-Gasteiz, doy fe, que en el referido juicio se ha dictado Sentencia con fecha 21 de octubre de 2016 cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor literal:

SENTENCIA N.º 258/2016

Juez que la dicta: D. Francisco Javier Pablo Pablo.

Lugar: Vitoria-Gasteiz.

Fecha: veintiuno de octubre de dos mil dieciséis.

Parte demandante: Arabako Industrialdea, S.A.

Abogada: Sra. Arigita.

Procuradora: Maria Blanca Bajo Palacio.

Parte demandada: Insopol, S.L.

Abogado/a.

Procurador/a.

Objeto del juicio: verbal por precario (44).

Vistos por mí, D. Francisco Javier Pablo Pablo, los presentes autos de juicio verbal de desahucio por precario, n.º 444/2016, seguidos ante este Juzgado, al que por turno de reparto corresponden, a instancia de la Procuradora Sra. Bajo en representación de «Arabako Industrialdea, S.A., asistida por la Letrado Sra. Arigita, contra »Insopol, S.L.», en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Estimo la demanda, de juicio verbal de desahucio, promovida por la Procuradora Sra. Bajo en representación de «Arabako Industrialdea, S.A.», asistida por la Letrado Sra. Arigita, contra «Insopol, S.L.», en situación procesal de rebeldía, y en consecuencia,

Condeno a «Insopol, S.L.», por su situación de precarista, a dejar libre y expedita, de forma voluntaria, y a disposición de «Arabako Industrialdea, S.A.», el pabellón E-2, sito en la calle Uzbina n.º 24 de Jundiz-Vitoria, con la advertencia de que de no hacerlo así, será lanzada por la fuerza y a su costa, a instancia de la contraria, en la fecha que sea señalada en el presente trámite, conforme a lo legalmente dispuesto.

Todo ello, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava (artículo 455 LEC).

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Insopol, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de octubre de 2016.

LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


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