N.º 196, lunes 17 de octubre de 2016
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
4356
DECRETO 145/2016, de 11 de octubre, por el que se autoriza al Ente Público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca a una reducción de capital de la Sociedad Anónima Pública Eusko Irratia, S.A.
El Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, aprobado mediante el Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, establece en su artículo 110 que la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno mediante Decreto, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento al que, directamente o a través de un ente instrumental, se encuentre o vaya a encontrarse vinculada la sociedad. El decreto será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de su eficacia desde la fecha en que se dicte. A sensu contrario, dicha disposición resulta de aplicación en los términos expuestos, para los procesos de reestructuración del patrimonio empresarial consistentes en la reducción del capital societario.
Constituye el objeto social de la sociedad, conforme a sus Estatutos Sociales, la producción y difusión de sonidos mediante emisiones radioeléctricas a través de ondas o mediante cables destinados, mediata o inmediatamente al público en general, o bien a un sector del mismo, con fines informativos, culturales, artísticos, recreativos, comerciales, publicitarios así como medio de cooperación con el sistema educativo y de fomento y difusión de la cultura vasca, y en especial al fomento y desarrollo del euskera, así como de cuantas actividades sean anejas o complementarias de las anteriores.
La Junta General Universal y Extraordinaria de la Sociedad Anónima Pública Eusko Irratia S.A., en fecha 20 de junio de 2016, adoptó el Acuerdo de la reducción de su capital social en dos millones ciento veintitrés mil quinientos noventa y dos con doce (2.123.592,12) euros, mediante la amortización de un millón novecientas sesenta y seis mil doscientas ochenta y nueve (1.966.289) acciones de uno con cero ocho (1,08) euros de valor nominal, numeradas correlativamente del número 402795 al 2369083 ambos inclusive.
El ente público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca es accionista único de la citada entidad, por lo que le corresponde el ejercicio de los derechos inherentes a su condición de socio en tal sociedad, en orden a la adopción del acuerdo relativo a la reducción del capital societario mediante la amortización de acciones. Asimismo, de conformidad con lo expuesto en el primer párrafo, se requiere autorización del Consejo de Gobierno para la reducción de capital social.
Finalmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, el ente público de derecho privado Radiotelevisión Vasca se encuentra adscrito al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Finanzas y de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 11 de octubre 2016,
DISPONGO:
Artículo 1.– Autorizar al ente público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca a la reducción de capital de la sociedad anónima pública Eusko Irratia S.A., en concepto de compensación de pérdidas de ejercicios anteriores, en dos millones ciento veintitrés mil quinientos noventa y dos con doce (2.123.592,12) euros, mediante la amortización de un millón novecientas sesenta y seis mil doscientas ochenta y nueve (1.966.289) acciones de uno con cero ocho (1,08) euros de valor nominal.
Artículo 2.– Autorizar al representante de las acciones titularidad del ente público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca en la Junta General de Gasteiz Irratia-Radio Vitoria S.A., a la modificación estatutaria necesaria consecuencia de la reducción de capital social aprobada.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su aprobación.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 11 de octubre de 2016.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
El Consejero de Hacienda y Finanzas,
RICARDO GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA.
La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura,
CRISTINA URIARTE TOLEDO.