N.º 193, martes 11 de octubre de 2016
- Otros formatos:
- PDF (255 KB - 2 Pág.)
- EPUB (199 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
DISPOSICIONES GENERALES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
4280
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 7 de marzo de 2012, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se modifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Getariako txakolina/Txakoli de Getaria/Chacolí de Getaria».
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones materiales que se infieran claramente del contexto y no constituya modificación o alteración del sentido de las disposiciones, actos o anuncios, pero cuya rectificación se estime conveniente a fin de evitar posibles confusiones, se salvarán por los órganos que hayan ordenado su inserción, instando la reproducción en el Boletín Oficial del País Vasco del texto o la parte necesaria del mismo con las debidas correcciones.
Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 7 de marzo de 2012, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se modifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Getariako txakolina/Txakoli de Getaria/Chacolí de Getaria», publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 139, de 17 de julio de 2012, se procede a su corrección:
En el punto Uno del artículo único de las disposiciones, en la página 2012/3257 (2/3), donde dice:
«Uno.– El artículo 13 queda redactado como sigue:
Los tipos y características analíticas de los vinos amparados por la Denominación de Origen «Getariako Txakolina/Txakoli de Getaria/Chacolí de Getaria», son los siguientes:
● Graduación alcohólica adquirida mínima: 9,5% vol.
● Graduación alcohólica total mínima: 9,5% vol.
● Azúcares totales (expresados en fructosa y glucosa): < 9 gr/l.
● Acidez total: > 3,5 gr/l.
● Acidez volátil: < 0,8 gr/l.
● Dióxido de azufre total: 180 mg/l para blancos, blancos fermentados en barrica y rosados y 140 mg/l para tintos».
Debe decir:
«Uno.– El artículo 13 queda redactado como sigue:
Los tipos y características analíticas de los vinos amparados por la Denominación de Origen «Getariako Txakolina/Txakoli de Getaria/Chacolí de Getaria», son los siguientes:
● Graduación alcohólica adquirida mínima: 9,5% vol.
● Graduación alcohólica total mínima: 9,5% vol.
● Azúcares totales (expresados en fructosa y glucosa): < 9 gr/l.
● Acidez total: > 3,5 gr/l.
● Acidez volátil: < 0,8 gr/l.
● Dióxido de azufre total: < 180 mg/l para blancos, blancos fermentados en barrica y rosados y < 140 mg/l para tintos».