N.º 188, lunes 3 de octubre de 2016
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
4172
RESOLUCIÓN 34/2016, de 20 de septiembre, del Viceconsejero de Relaciones Institucionales, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se autoriza la sexta modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2018.
Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 20 de septiembre de 2016, el Acuerdo por el que se autoriza la sexta modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2018, y a los efectos de darle la publicidad debida,
RESUELVO:
Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se autoriza la sexta modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2018, que figura como anexo a la presente.
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de septiembre de 2016.
El Viceconsejero de Relaciones Institucionales,
PEDRO LUIS BAZACO ATUCHA.
ANEXO A LA RESOLUCIÓN 34/2016, DE 20 DE SEPTIEMBRE, DEL VICECONSEJERO DE RELACIONES INSTITUCIONALES
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 2016, POR EL QUE SE AUTORIZA LA SEXTA MODIFICACIÓN DE LA ENCOMIENDA A RED FERROVIARIA VASCA-EUSKAL TRENBIDE SAREA PARA LA REALIZACIÓN DE DETERMINADAS ACTIVIDADES EN RELACIÓN CON LA CONSTRUCCIÓN DE LA NUEVA RED FERROVIARIA EN EL PAÍS VASCO EN EL PERIODO 2011-2018
Corresponde a la Administración General del Estado la competencia exclusiva en materia de obras públicas de interés general y ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 149.1, 21 y 24 de la Constitución.
La Comunidad Autónoma del País Vasco ostenta competencias exclusivas en obras públicas de interés comunitario, en ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de la Comunidad Autónoma, así como las de promoción, desarrollo económico y planificación de la actividad económica del País Vasco y las competencias de ordenación del territorio y urbanismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.25, 31, 32 y 33 del Estatuto de Autonomía.
Con fecha 24 de abril de 2006 se suscribió un convenio de colaboración entre la Administración General del Estado, la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias para desarrollar las actuaciones precisas para la puesta en operatividad de la nueva red ferroviaria en el País Vasco («Y» vasca), según las previsiones europeas. Con esta fecha los mismos suscribientes firmaron un convenio de colaboración para la encomienda a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco de determinadas actuaciones para la construcción de esta nueva red ferroviaria.
El Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 27 de junio de 2006, estimando una más eficaz consecución de los intereses públicos, encomendó al Ente Público Red Ferroviaria Vasca – Euskal Trenbide Sarea las actividades de redacción de los proyectos constructivos, dirección de la obra, las asistencias técnicas necesarias, mantenimiento de la oficina de gestión expropiatoria y colaboración en la gestión administrativa de los expedientes expropiatorios correspondientes al ramal guipuzcoano de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco («Y Vasca») durante el periodo 2006-2010 y que fueron encomendadas por el Ministerio de Fomento y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en virtud del Convenio de Colaboración suscrito el 24 de abril de 2006. Las actividades de dicha encomienda finalizaron en diciembre de 2010.
Las obras de construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco tenían una finalización prevista para el año 2016.
Por tanto, para poder seguir trabajando en los términos fijados por el Convenio de Colaboración suscrito el 24 de abril de 2006, el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 12 de julio de 2011 encomendó a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2016, por un importe total de 141.810.000 euros.
De acuerdo a la ejecución de los diferentes tramos incluidos en las obras de construcción de la Nueva Red Ferroviaria del País Vasco, las anualidades inicialmente previstas en la encomienda aprobada el 12 de julio de 2011 se modificaron según Acuerdos adoptados por el Consejo de Gobierno de fechas 27 de diciembre de 2011, 30 de diciembre de 2013, 29 de julio de 2014, 30 de diciembre de 2014 (esta modificación estableció un nuevo periodo de vigencia hasta el año 2018) y 12 de enero de 2016, estableciéndose en base a los conceptos y anualidades siguientes:
(Véase el .PDF)
Estas actividades se cifraron en base al coste previsto de las obras del ramal guipuzcoano para los ocho próximos años (2011-2018) distribuido de la siguiente manera (cifras en millones de euros, IVA incluido):
(Véase el .PDF)
La evolución de las obras de construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco y la imposibilidad de comenzar la redacción de los proyectos pendientes del tramo Astigarraga-Oiartzun-Lezo, requiere una sexta modificación de las anualidades previstas anteriormente, al objeto de amoldar la distribución presupuestaria acordada al grado de ejecución de los trabajos. Todo lo anteriormente expuesto en base a las indicaciones planteadas por el Ente Público Red Ferroviaria Vasca / Euskal Trenbide Sarea.
El artículo 13.1 g del Decreto 20/2012 de 15 de diciembre del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, atribuye al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial las funciones correspondientes a ferrocarriles.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, y previa la correspondiente deliberación, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente
ACUERDO:
«Primero.– Modificar los puntos 4 Documentos de referencia y planteamiento general y 6 Valoración y abono de los trabajos de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea aprobada el 12 de julio de 2011 y posteriormente modificada el 27 de diciembre de 2011, 30 de diciembre de 2013, 29 de julio de 2014, 30 de diciembre de 2014 y 12 de enero de 2016, relativa a las actividades de redacción de los proyectos constructivos y dirección de la obra de los expedientes correspondientes al ramal guipuzcoano de la nueva red ferroviaria en el País Vasco (Y vasca) en el periodo 2011-2018 que han sido encomendadas por el Ministerio de Fomento y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en virtud del convenio de colaboración suscrito el, a 24 de marzo de 2006.
Segundo.– Las condiciones concretas en que se llevará a cabo la citada modificación de la encomienda son las que figuran como anexo al presente Acuerdo.
Tercero.– Publicar la presente modificación de la encomienda de gestión en el Boletín Oficial del País Vasco».
ANEXO AL ACUERDO
CONDICIONES CONCRETAS EN QUE SE LLEVARÁ A CABO LA MODIFICACIÓN DE LA ENCOMIENDA
4.– Documentos de referencia y planteamiento general.
Conforme al convenio marco de colaboración entre la Administración General del Estado, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco, el Gobierno Vasco se está encargando de redactar los proyectos constructivos de plataforma de la «Y» vasca en el ramal guipuzcoano desde el P.K. 9+000 en Bergara hasta Irún y acceso a San Sebastián y ha asumido la construcción del mismo, financiándolo mediante posterior descuento del cupo.
(Véase el .PDF)
El coste previsto de las obras del ramal guipuzcoano para los ocho próximos años (2011-2018) es de 1.954,98 (cifras en millones de euros, IVA incluido):
ETS, en virtud de la presente encomienda del Gobierno Vasco, desarrollará las actividades de redacción de los proyectos constructivos y dirección de la obra de los expedientes correspondientes al ramal guipuzcoano de la NRFPV que han sido encomendadas a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en virtud del citado Convenio de Colaboración.
6.– Valoración y abono de los trabajos realizados.
Los trabajos encomendados tienen una valoración de 125.250.000 euros, IVA incluido, y una duración inicialmente prevista de ocho años, en base a los conceptos y anualidades que se detallan en el cuadro anexo.
El abono de los trabajos objeto del presente encargo se efectuará mediante pagos mensuales, debiendo en cada caso justificar los trabajos realizados. Todos los pagos se realizarán previa presentación de la factura a conformidad de la Administración.