N.º 188, lunes 3 de octubre de 2016
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OTRAS DISPOSICIONES
LEHENDAKARITZA
4167
RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2016, de la Directora de Víctimas y Derechos Humanos, por la que se convoca el Premio «René Cassin» 2016.
El Decreto 427/2013, de 16 de octubre de 2013, regula el Premio «René Cassin», de Derechos Humanos, cuya finalidad es reconocer públicamente la actuación destacada, en el ámbito de los Derechos Humanos, de aquellas personas o colectivos que, con su trayectoria personal o profesional, dan testimonio de su compromiso en la promoción, defensa y divulgación de los Derechos Humanos.
El artículo 3 del mencionado Decreto prevé que, anualmente, mediante Resolución de la persona titular de la Dirección competente en materia de Derechos Humanos, se procederá a convocar el Premio y que dicha convocatoria establecerá la cantidad dineraria que conlleva el Premio, así como el plazo y lugar de presentación de las candidaturas.
Asimismo, el artículo 6.1 del precitado Decreto establece que para la elección de la persona o personas merecedoras del Premio se constituirá un Jurado, compuesto por 9 personas de reconocido prestigio vinculadas con los Derechos Humanos, que serán designadas mediante Resolución de la persona titular de la Dirección competente en materia de Derechos Humanos.
Por todo ello, en el ejercicio 2016, corresponde a la Directora de Víctimas y Derechos Humanos realizar la convocatoria del premio y designar a las personas que compondrán el Jurado.
En su virtud,
RESUELVO:
Artículo 1.– Objeto.
El objeto de la presente Resolución es convocar el Premio «René Cassin» para 2016.
Artículo 2.– Cantidad dineraria.
La cantidad dineraria que conlleva el Premio es de 12.000 euros.
Artículo 3.– Plazo y lugar de presentación de candidaturas.
1.– El plazo de presentación de las candidaturas es de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
2.– Las candidaturas se dirigirán a la Dirección de Víctimas y Derechos Humanos de la Secretaría General para la Paz y la Convivencia, del Gobierno Vasco, c/ Navarra n.º 2, 01007 Vitoria-Gasteiz, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.– La Dirección de Víctimas y Derechos Humanos garantizará que los ciudadanos y ciudadanas puedan utilizar tanto el castellano como el euskera, oral como escrito en su relación con la Dirección.
Artículo 4.– Jurado.
1.– La composición del Jurado será la siguiente:
Presidente: D. Jonan Fernández, Secretario General para la Paz y la Convivencia, del Gobierno Vasco.
Vocal: D.ª Silvia Escobar Moreno, Embajadora de España en Misión Especial para las cuestiones referentes a los Derechos Humanos, hasta 2011.
Vocal: D. Jon Mirena Landa Gorostiza, Director de Derechos Humanos del Gobierno Vasco, de 2005 a 2009.
Vocal: D.ª Maixabel Lasa Iturrioz, Directora de Atención a las Víctimas del Terrorismo del Gobierno Vasco, desde 2001 hasta 2012.
Vocal: D. Juan José Alvarez Rubio, Catedrático de Derecho Internacional Privado de la UPV y Doctor en Derecho.
Vocal: D.ª Izaskun Moyua Pinillos, Directora General de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, desde 2005 hasta 2009.
Vocal: D. Mikel Mancisidor de la Fuente, miembro del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas.
Vocal: D.ª M.ª del Carmen Hernández, viuda de D. Jesús María Pedrosa.
Vocal: D. Mariano Ferrer Ruiz, periodista.
Secretaria: D.ª Monika Hernando Porres, Directora de Víctimas y Derechos Humanos.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
En todo lo no regulado expresamente en la presente Resolución, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la normativa reguladora del régimen de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Decreto 427/2013, de 16 de octubre de 2013, por el que se regula el Premio «René Cassin», de Derechos Humanos.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Contra la presente Resolución que no agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso de alzada ante la Secretaría General para la Paz y la Convivencia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 19 de septiembre de 2016.
La Directora de Víctimas y Derechos Humanos,
MÓNICA HERNANDO PORRES.