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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 177, viernes 16 de septiembre de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL
3964

RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2016, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se resuelve la convocatoria, para el ejercicio 2016, de las subvenciones previstas en el Decreto 202/2015, de 27 de octubre, por el que se regula la concesión de subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.

Resultando que por Orden de 16 de diciembre de 2015, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, se convocan, para el ejercicio 2016, las subvenciones previstas en el Decreto 202/2015, de 27 de octubre, por el que se regula la concesión de subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.

Resultando que con fecha 4 de febrero de 2016 ha culminado el plazo para la presentación de solicitudes, habiéndose recibido en la Dirección de Administración Ambiental 55 solicitudes para el procedimiento ordinario y 39 solicitudes para el procedimiento simplificado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 202/2015, de 27 de octubre, y con el artículo 5 de la Orden de 16 de diciembre de 2015.

Considerando que de acuerdo con el artículo 16 del Decreto 202/2015, de 27 de octubre, el Tribunal de Valoración, constituido al efecto, ha elaborado la oportuna propuesta de resolución que, ajustándose a los límites presupuestarios, determina los proyectos que son susceptibles de obtener una subvención en aplicación del citado Decreto, así como la cuantía de la misma, y las solicitudes desestimadas y los motivos de su desestimación.

Considerando que el Viceconsejero de Medio Ambiente es competente para determinar, de forma definitiva, las personas beneficiarias y las cuantías de las subvenciones a conceder, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 del citado Decreto 202/2015, de 27 de octubre.

Visto el Decreto 202/2015, de 27 de octubre, por el que se regula la concesión de subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente; la Orden de 216 de diciembre de 2015, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se convocan, para el ejercicio 2016, las subvenciones previstas en el Decreto 202/2015, de 27 de octubre; el Decreto 196/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Conceder a las empresas recogidas en los anexos I y III de la presente Resolución la subvención para los proyectos y por los importes que en el mismo se detallan.

Dichas subvenciones representan un porcentaje de los costes subvencionables, calculados netos, de la inversión solicitada.

Segundo.– Denegar a las empresas señaladas en los anexos II y IV de la presente Resolución la subvención solicitada, por los motivos que en el mismo se detallan.

Tercero.– El pago de la subvención queda subordinado a la acreditación documental por parte de la persona beneficiaria de la efectiva materialización y coste de la inversión subvencionada.

Cuarto.– Las personas beneficiarias deberán cumplir asimismo el resto de las obligaciones que para las mismas se recogen en el artículo 20 del Decreto 202/2015, de 27 de octubre.

Quinto.– Este programa subvencional podrá ser cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, Feder, en el en el marco del Programa Operativo Feder del País Vasco 2014-2020. En tal caso, los beneficiarios aparecerán en la lista pública prevista en el artículo 115, Apartado 2 del Reglamento (UE) 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y deberán hacer mención a la cofinanciación comunitaria a través del Feder en los diferentes materiales y soportes que se generen en el proyecto.

Sexto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, dando cumplimiento al principio de publicidad que debe presidir todo procedimiento de concesión de subvenciones.

Séptimo.– Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial en el plazo de un mes, a contar desde su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 1 de septiembre de 2016.

El Viceconsejero de Medio Ambiente,

IOSU MADARIAGA GARAMENDI.

(Véase el .PDF)

Análisis documental