N.º 176, jueves 15 de septiembre de 2016
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2 DE BARAKALDO
3945
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 435/2015.
Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Barakaldo.
Juicio: juicio verbal 435/2015.
Parte demandante: Bide Onera Vasca S. Coop.
Parte demandada: Ruth Blanca Fernandez Arriaga.
Sobre: reclamación de cantidad.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.– Por el Procurador Sr. Basterretxea se interpuso el 11 de junio de 2015 demanda en nombre y representación de Bide Onera Vasca, Sociedad Cooperativa, contra doña Ruth Blanca Fernández Arriaga.
Segundo.– Por Decreto de 1 de septiembre de 2015 se admitió a trámite la demanda, siendo celebrada finalmente la vista el 26 de mayo de 2016 con el resultado que obra en autos, tras diversos intentos de citación de la demandada.
FALLO
Estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Basterretxea en nombre y representación de Bide Onera Vasca, Sociedad Cooperativa, contra doña Ruth Blanca Fernández Arriaga condenando a la demandada a abonar a la demandante la cantidad de 2.683,26 euros.
Dicha cantidad devengará un interés igual al legal del dinero desde el 11 de junio de 2015 hasta la fecha de la presente Resolución y desde ésta hasta su completo pago un interés igual al legal del dinero, incrementado en dos puntos.
Con expresa condena en costas a la parte demandada.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de dicho/a demandado/a, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.
En Barakaldo (Bizkaia), a 11 de julio de 2016.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.