N.º 140, viernes 22 de julio de 2016
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 1 DE BILBAO
3293
EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 744/2015.
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao.
Juicio: pro. ordinario 744/2015.
Demandante: Unidad Editorial Información Deportiva, S.L.U.
Abogado/a.
Procurador/a: German Apalategui Carasa.
Demandado/a: MYC Gabinete Asesor, S.L.
Sobre: juicio ordinario.
En el referido juicio se ha dictado el 31-05-2016 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:
FALLO
Debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por Unidad Editorial Información Deportiva, S.L.U. contra M&C Gabinete Asesor, S.L., referida en el encabezamiento de esta resolución, y en su consecuencia, es declarada la caducidad de la marca 2.526.282 Gol de Oro, de la clase 41, debiendo procederse a cancelar el registro a favor de la demandada a la que se imponen las costas de este pleito.
Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella podrán interponer recurso de apelación. Expídase testimonio de ella, para su unión a los autos, y archívese el original en el legajo correspondiente.
Así lo mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado MYC Gabinete Asesor, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días hábiles.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Bilbao (Bizkaia), a 31 de mayo de 2016.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.