N.º 129, jueves 7 de julio de 2016
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 14 DE BILBAO
3029
EDICTO dimanante del procedimiento n.º 71/2016 seguido sobre divorcio contencioso.
Juzgado de Primera Instancia n.º 14 (Familia) Bilbao.
Juicio: divor. contenc. 71/2016.
Parte demandante: Maritza Onishi Beltran.
Parte demandada: Vicente Zurita Vivancos.
Sobre: divorcio.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
SENTENCIA N.º 338/2016
Juez que la dicta: D.ª Leyre Pérez Rodríguez.
Lugar: Bilbao (Bizkaia).
Fecha: uno de junio de dos mil dieciséis.
Parte demandante: Maritza Onishi Beltran.
Abogado/a.
Procurador/a: Carmen Miral Oronoz.
Parte demandada: Vicente Zurita Vivancos.
Abogado/a.
Procurador/a.
Objeto del juicio: divorcio.
Vistos por mí, doña Leyre Pérez Rodríguez, Juez Adscrita del Juzgado de Primera Instancia n.º 14 de Bilbao y su partido judicial, los presentes autos de divorcio contencioso seguidos en este Juzgado con el número 71/2016 a instancia de doña Maritza Onishi Beltrán, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Carmen Miral Oronoz y asistida por Letrado doña María del Burgo Parra, contra don Vicente Zurita Vivancos, en situación de rebeldía procesal,
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña Carmen Miral Oronoz, en nombre y representación de doña Maritza Onishi Beltrán, contra don Vicente Zurita Vivancos, en situación de rebeldía procesal, declaro disuelto por divorcio su matrimonio con los pronunciamientos inherentes a dicha declaración; y ello sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales causadas.
Comuníquese esta resolución a los Registros Civiles correspondientes a los efectos registrales oportunos.
Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que es firme en cuanto a la declaración de divorcio, pero que frente a los restantes pronunciamientos de la misma cabe la interposición de recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de los 20 días siguientes a contar desde el siguiente a la notificación y siguiendo los trámites previstos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para su ulterior resolución por la Audiencia Provincial de Bizkaia.
Para la admisión del referido recurso será preceptiva la previa constitución de un depósito de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el modo y forma previstos en la Disposición Adicional 15.ª de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, en la redacción dada a la misma por la Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre.
Así por esta sentencia, lo acuerda, manda y firma doña Leyre Pérez Rodríguez, Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 14 de Bilbao y su Partido Judicial.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de dicho/a demandado/a, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.
En Bilbao (Bizkaia), a 1 de junio de 2016.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.