N.º 126, lunes 4 de julio de 2016
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE SALUD
2904
RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2016, de la Directora de Salud Pública y Adicciones, por la que se acuerda la prórroga de la validez, por un periodo de cuatro años, de los carnés de aplicador de nivel básico y de aplicador de nivel cualificado de tratamientos biocidas de uso ambiental y en la industria alimentaria.
El Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas (BOE número 170 de 14 de julio), regula los aspectos relativos a la formación y habilitación de los profesionales con objeto de garantizar la protección de la salud mediante el establecimiento de criterios que permitan garantizar unos niveles mínimos de capacitación a las personas que desarrollen actividades laborales relacionadas con la aplicación de productos biocidas de uso ambiental y en la industria alimentaria.
El apartado 1.º de la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, prorrogó la validez de los carnés de capacitación para realizar tratamientos con biocidas, niveles básico y cualificado para uso ambiental y en la industria alimentaria, durante un periodo transitorio de seis años y que finaliza el 14 de julio de 2016.
La Disposición Transitoria Primera, en su apartado 3.º del citado Real Decreto 830/2010, faculta a las Comunidades Autónomas para prorrogar la validez de los actuales carnés, por un periodo determinado, más allá de la finalización del citado periodo transitorio que culmina el próximo 14-07-2016.
Pues bien, de conformidad con dicha disposición, y con el fin de garantizar la coordinación de la aplicación homogénea en todo el territorio nacional, la Comisión Interterritorial de la Comisión de Salud Pública del Sistema Nacional de Salud en reunión de 15-02-2016 adoptó el acuerdo de prórroga, por un periodo de 4 años, de la validez de los mencionados carnés.
Asimismo, la Dirección de Salud Pública y Adicciones aporta memoria justificativa en relación con la medida a adoptar en nuestra Comunidad Autónoma en torno a la prórroga de la validez, por un periodo de cuatro años y con eficacia desde el 15 de julio de 2016 hasta el 14 de julio de 2020, de los carnés de aplicador de nivel básico y de aplicador de nivel cualificado de tratamientos de biocidas de uso ambiental y en la industria alimentaria actualmente en vigor y de aquellos carnés que hayan sido expedidos hasta el 14-07-2016.
En virtud de las atribuciones de la Dirección de Salud Pública y Adiciones como autoridad sanitaria competente y con las facultades administrativas previstas en la legislación sobre control sanitario de los biocidas de uso ambiental y en la industria alimentaria conforme al apartado h) del artículo 8 del Decreto 195/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud (BOPV número 74, de 18 de abril).
RESUELVO:
Primero.– Prorrogar, por un periodo de cuatro años, con eficacia desde el 15 de julio de 2016 hasta el 14 de julio de 2020, la validez de los carnés de aplicador de nivel básico y de aplicador de nivel cualificado de tratamientos biocidas de uso ambiental y en la industria alimentaria que estén en vigor y que hayan sido expedidos hasta el 14 de julio de 2016.
Segundo.– Comunicar que no se autorizarán nuevas ediciones de cursos de aplicador de nivel básico y de aplicador de nivel cualificado de tratamiento de tratamientos biocidas de usos ambiental y en la industria alimentaria a partir del 14 de julio de 2016.
Tercero.– Notificar a las personas interesadas que contra la presente Resolución podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de salud en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación.
En Vitoria-Gasteiz, a 21 de junio de 2016.
La Directora de Salud Pública y Adicciones,
MARÍA DORRONSORO IRAETA.