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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 111, lunes 13 de junio de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
2533

RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2016, de la Directora de Agricultura y Ganadería, por la que se autoriza la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de niveles básico y cualificado a los alumnos de los cursos números 417 a 424.

HECHOS

Primero.– Las escuelas agrarias de Arkaute, Fraisoro y Derio han impartido los cursos que se relacionan a continuación:

– Curso n.º 417, impartido por la Escuela Agraria de Arkaute en Laguardia: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 418, impartido por la Escuela Agraria de Derio: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 419, impartido por la Escuela Agraria de Derio: curso de renovación de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.

– Curso n.º 420, impartido por la Escuela Agraria de Derio: curso de renovación de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 421, impartido por la Escuela Agraria de Derio: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 422, impartido por la Escuela Agraria de Derio: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.

– Curso n.º 423, impartido por la Escuela Agraria de Derio: curso de aplicador de productos fitosanitarios, curso puente de básico a cualificado, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.

– Curso n.º 424, impartido por la Escuela Agraria de Arkaute en Laguardia: curso de aplicador de productos fitosanitarios, curso puente de básico a cualificado, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C y convalidación de títulos que da derecho a la obtención del carné tipo C.

Los ocho cursos se han llevado a cabo de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte A, para el nivel básico, y en la parte B, para el nivel cualifcado, del Anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, que dan derecho a la obtención de los carnés tipos B y C respectivamente.

Segundo.– La Comisión Técnica Coordinadora de Sanidad Vegetal ha elevado propuesta favorable a la expedición de carnés.

Vistos los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– El Real Decreto 1311/2012 en su artículo 18.1.a) sobre los niveles de capacitación y el Anexo IV sobre las materias de formación; y el artículo 20 sobre expedición, renovación y retirada de carnés.

Segundo.– El artículo 20.1.b) del Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, en el que se atribuyen funciones en materia de sanidad vegetal a la Dirección de Agricultura y Ganadería.

RESUELVO:

Primero.– Ordenar la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de uso agrícola:

1.– De nivel básico, del curso 417, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo I a la presente Resolución.

2.– De nivel básico, del curso 418, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo II a la presente Resolución.

3.– De nivel cualificado, del curso 419, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo III a la presente Resolución.

4.– De nivel básico, del curso 420, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo IV a la presente Resolución.

5.– De nivel básico, del curso 421, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo V a la presente Resolución.

6.– De nivel básico, del curso 422, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo VI a la presente Resolución.

7.– De nivel cualificado, del curso 423, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo VII a la presente Resolución.

8.– De nivel cualificado, del curso 424, a favor de las personas que figuran en las relaciones que se adjuntan como Anexo VIII a la presente Resolución.

Segundo.– Contra la presente Resolución las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria en el plazo de un mes contado desde su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de mayo de 2016.

La Directora de Agricultura y Ganadería,

IKERNE ZULUAGA ZAMALLOA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental