N.º 100, viernes 27 de mayo de 2016
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
2272
RESOLUCIÓN 35/2016, de 9 de mayo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y Forum Mulher, para la financiación de un programa que tiene como objeto fortalecer el secretariado internacional de la marcha mundial de las mujeres.
Habiéndose suscrito por el Gobierno Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida,
RESUELVO:
Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y Forum Mulher, para la financiación de un programa que tiene como objeto fortalecer el secretariado internacional de la marcha mundial de las mujeres, que figura como anexo a la presente.
En Vitoria-Gasteiz, a 9 de mayo de 2016.
El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,
SANTIAGO LARRAZABAL BASAÑEZ.
ANEXO A LA RESOLUCIÓN 35/2016, DE 9 DE MAYO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
CONVENIO ENTRE LA AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO Y FORUM MULHER PARA LA FINANCIACIÓN DE UN PROGRAMA QUE TIENE COMO OBJETO FORTALECER EL SECRETARIADO INTERNACIONAL DE LA MARCHA MUNDIAL DE LAS MUJERES
En Vitoria-Gasteiz, a 28 de octubre de 2015.
REUNIDOS
El Sr. D. Paul Ortega Etcheverry, Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (en adelante AVCD).
La Sra. D.ª Maria Paula Vera Cruz, Presidenta del Consejo de Dirección del Fórum Mulher.
INTERVIENEN
El primero, en nombre y representación de la AVCD.
La segunda, en nombre y representación de Fórum Mulher.
EXPONEN
Primero.– Fórum Mulher es una asociación sin ánimo de lucro con Registro en libro de Asociaciones del CRCM nr 42-Folha 23, Libro Q-1 de 23 de abril de 1996.
Segundo.– La Marcha Mundial de Mujeres (MMM) es un movimiento feminista y anti-capitalista, organizado en coordinaciones nacionales en 64 territorios y con grupos de miembros en más de 90 países. La MMM comenzó como una campaña contra la pobreza y la violencia de género en el año 2000. Desde entonces se ha convertido en un movimiento permanente, enfocando sus acciones en torno a cuatro áreas de acción: el trabajo de las mujeres (empoderamiento económico); la violencia contra las mujeres; el bien común y los servicios públicos; y la paz y desmilitarización.
Tercero.– Desde enero de 2014 Fórum Mulher, ONG mozambiqueña que lleva más de 20 años luchando por los derechos de las mujeres a nivel local, nacional y regional, hospeda el Secretariado Internacional de la Marcha. Actualmente se enfrentan los desafíos del traslado del Secretariado Internacional, en paralelo a la preparación y acompañamiento de la 4.ª Acción Internacional que tendrá lugar en 2015 entre marzo y octubre.
Cuarto.– La función principal de la Secretaría Internacional, que es el objeto de este convenio, es la de movilizar y coordinar la acción internacional, el funcionamiento de la Comisión Internacional y las acciones de apoyo y solidaridad entre y con las mujeres de todos los territorios y regiones. Los años 2015 y 2016 son claves para la consolidación política de la Marcha Mundial de las Mujeres. El Secretariado Internacional juega un papel crítico en la dinamización y coordinación de estos procesos. Durante el año 2015 se está realizando la 4.ª Acción Internacional. Y, en 2016, tendrá lugar el Encuentro Internacional de la Marcha. En este momento, mujeres de las cinco regiones del mundo, se encontrarán para evaluar la Acción Internacional, y para definir las prioridades políticas para el próximo periodo.
Quinto.– La AVCD –que se inserta en el entramado de principios y estructuras establecidos en la Ley 1/2007, de 22 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo– es, tal y como establece la normativa que la crea, el ente público de Derecho Privado encargado de elaborar la planificación de la política de cooperación para el desarrollo del Gobierno Vasco, así como de la coordinación, gestión y ejecución de la misma, en orden a luchar contra la pobreza y promover el desarrollo humano sostenible en los países empobrecidos.
Sexto.– La experiencia de participación en las actividades de la Marcha Mundial de las Mujeres tanto de la sociedad vasca como de muchas de las sociedades de los países en las que la AVCD está presente a través de proyectos dura ya más de quince años. Además existe una relación de apoyo entre algunas entidades públicas y organizaciones sociales vascas con la Marcha Mundial de las Mujeres a nivel local en diferentes países.
Teniendo en cuenta las precedentes consideraciones, ambas partes suscriben el presente convenio, conforme a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.– Objeto del convenio.
Es objeto del presente convenio la regulación de las relaciones entre las partes suscribientes, la AVCD y Fórum Mulher, para la financiación de un proyecto que tiene como objetivo fortalecer el Secretariado Internacional de la Marcha Mundial de las Mujeres y de las coordinaciones nacionales tanto durante el año 2015 –año de acción internacional–, como durante el año 2016 –año de análisis y evaluación de la acción internacional–.
Segunda.– Resultados del convenio.
Los resultados cuya consecución se pretende alcanzar con este convenio son los siguientes:
Resultado 1.1.– Las integrantes de la Comisión Internacional (CI) y del Secretariado Internacional (SI) ven fortalecidas sus capacidades para el ejercicio de sus funciones políticas, de incidencia y representación en la MMM.
Resultado 1.2.– Las integrantes de la CI y del SI participan activa y regularmente en los espacios de discusión, debate y reflexión de la MMM.
Resultado 1.3.– Desarrollada una política de comunicación que asegure la visibilidad y aumente el impacto de las acciones de la MMM.
Resultado 1.4.– Diseñado un plan de formación política feminista adaptado a las particularidades de la MMM.
Resultado 2.1.– Fortalecido el trabajo común de las Coordinaciones Nacionales (CN) de modo a aumentar la capacidad de incidencia de la MMM.
Resultado 2.2.– Fortalecidas las dinámicas regionales en la MMM estrechando los vínculos entre lo local y el internacional.
Resultado 2.3.– Evaluados y sistematizados los resultados de la acción de 2015 y elaborada la planificación consensuada de estrategias para el periodo 2017-2018.
Tercera.– Periodo de ejecución de las actividades.
El periodo de ejecución de las actividades será de 24 meses, a contar desde el, a 1 de junio de 2015.
Cuarta.– Aportaciones presupuestarias de las partes suscribientes.
El coste previsto para la realización de lo señalado en las cláusulas precedentes asciende a la cantidad de trescientos noventa mil quinientos ochenta y nueve euros con cero céntimos (390.589,00 €), desglosado en el cuadro presupuestario que se anexa.
Fórum Mulher se encargará de la coordinación técnica de la ejecución y gestión del conjunto de las acciones estipuladas en las cláusulas anteriores, así como las contenidas en la matriz de planificación anexa y, con aportes de terceros, contribuirá con noventa y dos mil seiscientos noventa y seis euros con cero céntimos (92.696,00 €).
La AVCD aportará la cantidad de doscientos noventa y siete mil ochocientos noventa y tres euros con cero céntimos (297.893,00 €). Este monto será abonado a Fórum Mulher de la siguiente manera:
El 50%, ciento cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta euros con cero céntimos (148.950,00 €) tras la firma del convenio.
Un 40% adicional, ciento diecinueve mil ciento cincuenta y ocho euros con cero céntimos (119.158,00 €), previa justificación de un importe equivalente o superior al 40% de la subvención. A tal efecto, deberá remitirse a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo el correspondiente informe técnico-financiero.
El 10% restante, veintinueve mil setecientos ochenta y cinco euros con cero céntimos (29.785,00 €), previa justificación del 100% de la subvención. A tal efecto, deberá remitirse a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo el correspondiente informe técnico-financiero en un plazo no superior a seis meses a contar desde la fecha de finalización del convenio.
La subvención prevista en el presente convenio es compatible con aquellas otras que, teniendo el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra institución pública o privada, siempre que de ello no se derive sobre financiación. En caso de producirse ésta se reducirá el importe de la subvención hasta el límite máximo que corresponda.
Las partidas subvencionadas serán las que se establecen en el presupuesto desglosado que se anexa.
Quinta.– Cuenta bancaria específica del convenio.
Fórum Mulher utilizará la cuenta bancaria XXX como cuenta específica en [moneda] para la gestión de los fondos que, en ejecución del presente convenio, les sean transferidos por parte de la AVCD. La cantidad transferida desde la AVCD en cada uno de los pagos será traspasada de inmediato a esta cuenta específica sin realizar ningún movimiento de fondos previo.
Sexta.– Comisión Mixta de Seguimiento.
1.– Al objeto de garantizar el seguimiento, la realización y la coordinación en el desarrollo de las actividades previstas en este convenio, se constituirá una comisión mixta de seguimiento, compuesta por:
Dos personas en representación de la AVCD nombradas por su director, una de las cuales ejercerá la presidencia de la Comisión, ejerciendo la otra la Secretaría de la misma.
Dos personas en representación de Fórum Mulher, nombradas por el órgano competente.
2.– Dicha Comisión se reunirá al menos una vez de manera ordinaria al final del primer año de ejecución y/o tras la presentación del 1.º informe técnico-financiero y otra vez con posterioridad a la finalización del proyecto, tras la presentación del informe final.
3.– De manera extraordinaria, la Comisión Mixta de Seguimiento podrá reunirse cuando las personas que la componen lo estimen oportuno y, en su caso, sea solicitado por una de las partes.
4.– El régimen Jurídico de la Comisión de Seguimiento se ajustará a las normas sobre órganos colegiados contenidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Séptima.– Causas de Resolución.
El presente convenio se extinguirá, además de por el cumplimiento de su período de vigencia, por las siguientes causas:
a) Por acuerdo mutuo de los firmantes del convenio.
b) Si se produjesen circunstancias que hicieran imposible o innecesaria la realización o continuación de las actuaciones.
c) Por incumplimiento de las condiciones establecidas en el presente convenio.
Respecto de las actuaciones en curso, en caso de extinción anticipada, se liquidarán las efectivamente realizadas siempre y cuando lo ejecutado fuere de utilidad.
El incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes será notificado a la parte que haya incumplido, a la que se ofrecerá un plazo de 15 días naturales para subsanar el incumplimiento.
Octava.– Modificaciones Sustanciales.
Fórum Mulher deberá remitir solicitud de autorización a la AVCD previamente a la realización de toda modificación que implique cambios y prórrogas del proyecto. Éstas podrán ser analizadas en el marco de la Comisión Mixta de Seguimiento. Corresponde a la AVCD aprobar las modificaciones propuestas.
Novena.– Vigencia.
El convenio entrará en vigor 1 de junio de 2015 y su vigencia se extenderá hasta el, a 31 de mayo de 2017.
En prueba de conformidad y aceptación con cuanto queda expresado, las partes firman el presente documento, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Fdo. Sr. Paul Ortega Etcheverry, Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.
Fdo. Sra. Maria Paula Vera Cruz, Presidenta de la Dirección del Fórum Mulher.