N.º 71, viernes 15 de abril de 2016
- Otros formatos:
- PDF (567 KB - 25 Pág.)
- EPUB (671 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
1568
RESOLUCIÓN de 13 de abril de 2016, del Viceconsejero de Industria, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas de apoyo a la internacionalización de pymes individuales y en cooperación, Programa Global Lehian, para el ejercicio 2016.
La Orden de 19 de marzo de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, (BOPV n.º 63, de 1 de abril de 2014), desarrolla el Programa Global Lehian de apoyo a la internacionalización de pymes individuales y en cooperación. De conformidad a lo establecido en el artículo 8 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2016, dictando a tal objeto las normas necesarias.
El Plan de Internacionalización Empresarial 2014-2016 se define como el instrumento básico del Gobierno Vasco de planificación y apoyo a la Internacionalización de la empresa vasca dentro de esta situación de globalización.
Este plan tiene una vigencia de 3 años y entre sus objetivos prioritarios se encuentra el establecer los mecanismos necesarios de apoyo a las empresas, facilitándoles las fuentes de financiación adecuadas mediante un uso eficaz de los recursos públicos.
Asimismo, mediante el establecimiento de las líneas generales de intervención, por parte del Plan de Internacionalización 2014-2016, nos va a permitir dar respuesta al artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, mediante una mayor concreción en los diferentes programas de ayudas de los objetivos y efectos que se pretenden con la aplicación de los mismos, así como del plazo necesario para la consecución de los citados objetivos, los costes previsibles y siempre sobre la base de una estabilidad presupuestaria.
Por lo expuesto,
RESUELVO:
Artículo 1.– Objeto.
Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2016, de las ayudas previstas en la Orden por la que se desarrolla el Programa Global Lehian, de apoyo a la internacionalización de pymes individuales y en cooperación.
Artículo 2.– Dotación económica.
1.– Para este fin se destinará un total de 5.520.000,00 euros distribuidos en 1.380.000,00 euros, de crédito de pago y, 4.140.000,00 euros, de crédito de compromiso, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2016. Dentro de ese límite presupuestario, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) podrá contribuir a la financiación del presente Programa Global Lehian, de apoyo a la internacionalización de pymes individuales y en cooperación.
Los importes destinados a cada una de las etapas son los siguientes:
– Etapa inicio: 828.000,00 euros.
– Etapa consolidación: 3.864.000,00 euros.
– Etapa implantaciones: 828.000,00 euros.
2.– En caso de no agotarse el crédito presupuestario en alguna de las tres etapas el exceso sobrante, en la misma, se podrá trasferir a las otras etapas, siguiéndose el siguiente orden:
1.º Etapa Iniciación.
2.º Etapa Consolidación.
3.º Etapa Implantación.
Artículo 3.– Lugar y forma de presentación.
La solicitud y cualquier otra documentación a aportar, deberá ser cumplimentada de forma telemática y se presentará en el lugar destinado al efecto en las siguientes direcciones electrónicas:
http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-teletram/es/
http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-teletram/eu/
El acceso al expediente y demás trámites podrán realizarse, también, a través de la dirección siguiente:
http://www.euskadi.eus/misgestiones/
El modelo de solicitud se publica como anexo 1 a la presente Resolución.
Artículo 4.– Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 09.00 horas del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará a las 12.00 del día 18 de mayo de 2016.
En la etapa de Iniciación y para el caso de solicitar ayuda para elaboración del plan de internacionalización, el plazo para su presentación finalizará a las 12:00 horas del día 4 de julio de 2016.
Artículo 5.– Requisitos.
Para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden que desarrolla el Programa Global Lehian, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la misma, el proyecto solicitado deberá alcanzar una puntuación mínima, que para cada una de las tres etapas se fija en:
– Etapa inicio 35 ptos.
– Etapa consolidación 50 ptos.
– Etapa implantaciones 40 ptos.
Artículo 6.– Ponderación general de los criterios de valoración.
Los criterios de valoración a que hace referencia el artículo 12 de la Orden que desarrolla el Programa Global Lehian, se ponderarán de acuerdo a lo especificado en los anexos 2.a, de empresas individuales, 2.b de empresas en cooperación, y 3, de la presente Resolución.
Artículo 7.– Bolsas de viaje e invitaciones a potenciales clientes y/o proveedores extranjeros.
1.– Bolsas de viaje:
Las bolsas de viaje a que hace referencia la Orden que desarrolla el Programa Global Lehian son las que se detallan en el Anexo 4 de la presente Resolución. El número máximo aceptado de bolsas de viaje será:
– Etapa iniciación: 7 bolsas de viaje por solicitud presentada.
– Etapa consolidación: 5 bolsas de viaje por país, con un máximo de 3 países por solicitud presentada.
– Etapa implantaciones: 7 bolsas de viaje por solicitud presentada entre matriz e implantada; no se aceptará como origen o como destino países diferente al de la ubicación de la empresa matriz o al de la empresa implantada en la presente convocatoria.
En el caso de participación en ferias en el exterior con stand y presentación de productos, las bolsas de viaje no computarán a efectos de los máximos mencionados anteriormente.
2.– Invitaciones a potenciales clientes y/o proveedores extranjeros.
En la etapa de consolidación el número máximo de invitaciones por solicitud será de 9, siempre que las mismas se produzcan en diferentes meses.
Por cada invitación el límite en los gastos de alojamiento y transporte a que hace referencia el artículo 4, de la Orden, es de 600,00 euros.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Para el análisis de las solicitudes se constituye el Órgano de Evaluación cuya composición estará presidida por Agustín Arostegi, y como suplente en la presidencia actuará, en su caso, Iñaki Ezkurra.
Serán vocales los siguientes miembros:
Isabel Rodríguez. Suplente, José David Garcia.
Gonzalo Martínez. Suplente, Amaia Aramburu.
Jesús María Cantón. Suplente, Nekane Torre.
Actuará como secretaria del Órgano de evaluación, Gonzalo Martínez.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
La presente Resolución de convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 13 de abril de 2016.
El Viceconsejero de Industria,
JAVIER ZARRAONANDIA ZULOAGA.