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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 52, miércoles 16 de marzo de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE IRUN
1162

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario 72/2015 seguido sobre reclamación de cantidad.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento pro. ordinario 72/2015 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Irun (Gipuzkoa), a instancia de Transportes Eumasa, S.L. contra Sabiol Erreka, S.L. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA 96/2015

Juez que la dicta: D.ª Maria Jesus Boedo Escribano.

Lugar: Irun (Gipuzkoa).

Fecha: seis de octubre de dos mil quince.

Parte demandante: Transportes Eumasa, S.L.

Abogado.

Procurador: Maria Begoña Alvarez Oronoz.

Parte demandada: Sabiol Erreka, S.L.

Abogado.

Procurador.

Objeto del juicio: reclamación de cantidad.

FALLO

Que, con estimación íntegra de la demanda interpuesta por Transportes Eumasa, S.L. frente a la mercantil Sabiol Erreka, S.L. debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la demandante la suma de 80.492,03 euros en concepto de principal, más 4.489,91 euros en concepto de intereses devengados hasta la fecha de la demanda, con más el interés legal del dinero de la primera cantidad desde la fecha de la reclamación judicial hasta la fecha de la presente Resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente Resolución hasta su completo pago.

Y ello, con expresa imposición de costas procesales causadas a la parte demandada.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número IBAN: ES55 0049 3569 92 0005001274, observaciones: 1870 0000 04 0072 15, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a demandado Sabiol Erreka, S.L., extiendo y firmo la presente en Irún (Gipuzkoa), a ocho de febrero de dos mil dieciséis.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental