Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 50, lunes 14 de marzo de 2016


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
1108

ORDEN de 26 de febrero de 2016, del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se hace pública la primera convocatoria del Programa de Apoyo Financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas, regulado en el Decreto 21/2016, de 16 de febrero.

El Decreto 21/2016, de 16 de febrero, por el que se desarrolla el programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas para el año 2016, establece la apertura de una línea de financiación a los citados colectivos, con una dotación máxima de 600 millones de euros, para atender sus necesidades de circulante.

El Decreto regula las condiciones de acceso al crédito, las entidades beneficiarias, la disponibilidad de los recursos y las condiciones de los préstamos, así como los procedimientos de tramitación con las sociedades de garantía recíproca y las entidades financieras colaboradoras. A estos efectos, el Departamento de Hacienda y Finanzas tiene suscritos los oportunos Convenios de Colaboración con las Sociedades de Garantía Recíproca y las Entidades Financieras adheridas al programa.

De conformidad a lo establecido en el artículo 7 del citado Decreto, procede realizar la primera convocatoria de la línea de financiación, dictando a tal objeto las normas necesarias, por lo que

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de la presente Orden, la primera convocatoria de la línea de financiación prevista en el Decreto 21/2016, de 16 de febrero, que desarrolla el programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas para el año 2016.

El volumen de préstamos a conceder por las entidades financieras colaboradoras será de 130 millones de euros para el colectivo de pequeñas y medianas empresas y 20 millones de euros para el de personas empresarias individiduales y profesionales autónomas, sin perjuicio de que dicho importe pueda verse incrementado mediante convocatorias posteriores.

No obstante, el Departamento de Hacienda y Finanzas podrá reasignar los importes en caso de insuficiencia en la demanda de financiación en alguno de los colectivos objeto de este Decreto.

En anexo I se incluyen las Sociedades de Garantía Recíproca colaboradoras y sus sucursales. En anexo II se relacionan las Entidades Financieras colaboradoras.

Artículo 2.– Solicitudes.

1.– La solicitudes y demás documentación deberán presentarse en las sucursales de las Sociedades de Garantía Recíproca colaboradoras que se relacionan en el mencionado anexo I.

2.– El modelo de solicitud, así como los formularios, serán facilitados por las sucursales que aparecen en el anexo I a esta Orden, o podrá descargarse en la dirección de Internet www.euskadi.eus

3.– Las solicitudes para acceder al programa de apoyo financiero se irán atendiendo hasta el agotamiento del volumen de préstamos consignado en el artículo primero de la presente Orden o el que resulte de su correspondiente incremento en la forma prevista en ese mismo artículo. Su inclusión en el programa se realizará por orden de entrada en las Sociedades de Garantía Recíprocas colaboradoras. Una vez producido el agotamiento del volumen de préstamos se dará publicidad a esa circunstancia mediante Resolución del Viceconsejero de Hacienda y Política Financiera que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden de convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de febrero de 2016.

El Consejero de Hacienda y Finanzas,

RICARDO GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA.

ANEXO I
SOCIEDADES DE GARANTIA RECIPROCA COLABORADORAS

ELKARGI, S.G.R. www.elkargi.es

Sede Principal:

Paseo Mikeletegi, 50

20009 San Sebastián

Teléfono: 943 30 90 60

E-mail: elkargi@elkargi.es

Dirección Regional de Álava:

Postas, 24-1.ª

01001 Vitoria-Gasteiz

Teléfono: 945 23 12 12

E-mail: earaba@elkargi.es

Dirección Regional de Bizkaia:

Plaza Circular, 4-2.ª.

48001 Bilbao

Teléfono: 94 423 82 28

E-mail: ebizkaia@elkargi.es

Dirección Regional de Gipuzkoa:

Paseo Mikeletegi, 50.

20009 Donostia-San Sebastián

Teléfono: 943 30 91 77

E-mail: egipuzkoa@elkargi.es

OINARRI, Sociedad de Garantía para la Economía Social, S.G.R. www.oinarri.es

Sede Central:

Edificio E-3, 2.ª planta,

Parque Tecnológico de Alava

Miñano. 01510 Vitoria-Gasteiz

Teléfono: 945 29 82 80

E-mail: araba@oinarri.es

Delegación Bizkaia:

Edificio Granada,

C/ Gran Vía 38, 8.º Dcha

48009 Bilbao

Teléfono: 944 24 87 08

E-mail: bizkaia@oinarri.es

Delegación Gipuzkoa:

C/ Idiáquez 13, 1.º oficina 6

20004 San Sebastian

Teléfono: 943 44 06 66

E-mail: gipuzkoa@oinarri.es

ANEXO II
ENTIDADES FINANCIERAS COLABORADORAS

Bancos:

– Kutxabank, S.A.

– Caixabank, S.A.

– Bankinter, S.A.

– Banco Santander, S.A.

– Banco de Sabadell, S.A.

– Bankoa, S.A.

– Targobank, S.A

Cooperativas de Crédito:

– Caja Laboral Popular, C.C.

– Caja Rural de Navarra, S.C.C.


Análisis documental