N.º 32, miércoles 17 de febrero de 2016
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
712
ORDEN de 9 de diciembre de 2015, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se declara de utilidad pública a la sociedad cooperativa denominada «Colegio Basauri, S. Coop.».
ANTECEDENTES DE HECHO
1.– Con fecha 22 de abril de 2015 tuvo entrada en este Departamento de Empleo y Políticas Sociales solicitud de declaración de utilidad pública de Colegio Basauri, S. Coop. suscrita por don José Ángel Moral Sáez-Díez y doña María Romero Antón, en su calidad de presidente y secretaria del consejo rector de dicha cooperativa; fundamentándola en el cumplimiento de los requisitos reglamentarios fijados por el Decreto 64/1999, de 2 de febrero, que explicita; incluido el acuerdo del consejo rector de fecha 25 de marzo de 2015.
2.– Con fecha 4 de junio de 2015 tienen entrada en este Departamento de Empleo y Políticas Sociales informe emitido por el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, en ejecución del artículo 9 en relación con el artículo 7, ambos del Decreto 64/1999, reiterado.
3.– Con fecha 27 de mayo de 2015 se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco de anuncio, en ejecución del artículo 9, párrafo 3.º del Decreto 64/1999, abriendo un periodo de Información Pública para que cualquier persona interesada pudiera examinar el expediente y formular las alegaciones que considerase oportunas en un plazo de veinte días. Vencido dicho plazo no consta que se haya presentado alegación alguna.
A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1.– El artículo 137.2 de la Ley 4/1993, de 24 de junio, de Cooperativas de Euskadi, determina que las entidades cooperativas que contribuyan a la promoción del interés general de Euskadi mediante el desarrollo de sus funciones serán reconocidas de utilidad pública por el Gobierno Vasco conforme al procedimiento, régimen y requisitos que se establezcan reglamentariamente.
2.– En desarrollo de dicho artículo se aprobó el Decreto 64/1999, de 2 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre procedimientos y requisitos relativos a las sociedades cooperativas de utilidad pública.
3.– Se han cumplido los trámites procedimentales establecidos en los artículos 7 y siguientes del reiterado Decreto 64/1999 para la declaración de utilidad pública.
4.– Se ha comprobado el correcto cumplimiento por parte de la entidad de los requisitos que en su artículo 5 establece el Decreto 64/1999 para obtener dicha declaración de utilidad pública.
5.– Es competente para declarar a una sociedad cooperativa de utilidad pública, el Consejero de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 64/1999, en relación con el artículo 4.1.a) del Decreto 191/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales.
Por todo cuanto antecede, vistos los preceptos normativos citados y los demás de general y pertinente aplicación
RESUELVO:
Primero.– Se declara de utilidad pública a la sociedad cooperativa denominada «Colegio Basauri, S. Coop.»
Segundo.– La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
La presente Orden agota la vía administrativa. Contra ella cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante el órgano que dicta el presente acto en el plazo de un mes, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente de la publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.1.a) en relación con el 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Vitoria-Gasteiz, a 9 de diciembre de 2015.
El Consejero de Empleo y Políticas Sociales,
ANGEL TARSICIO TOÑA GÜENAGA.